Autoridades y personal. . (2025/113-38)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se acuerda convocar procedimiento de habilitación para el desempeño de funciones comprobatorias en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dirigido a personal funcionario que ejerce labores técnicas en los Centros de Prevención de Riesgos Laborales.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8435/5
Noveno. Resolución del procedimiento.
1. A la vista de la propuesta, la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo resolverá motivadamente al efecto, según lo establecido en el
artículo 4 del Decreto 189/2006, de 31 de octubre.
2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de habilitación será de tres
meses contados desde la fecha de publicación de la presente convocatoria, pudiendo
las personas interesadas entender desestimadas sus solicitudes en caso de silencio
administrativo, de conformidad con el artículo 25.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. La resolución de la presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía y se notificará al personal funcionario que resulte habilitado,
comunicándose la misma a las respectivas Delegaciones Territoriales de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo y a los órganos correspondientes de la Administración
General del Estado, a través de la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social de Andalucía.
4. Por la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral se expedirá el
documento oficial que acredita la habilitación, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 6 del Decreto 189/2006, de 31 de octubre, y en la Orden de 28 de mayo de
2007, por la que se aprueba el modelo de documento oficial que acredita la habilitación
para el desempeño de las funciones comprobatorias en colaboración con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 9 de la
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
5. Tal y como establece el artículo 4.4 del Decreto 189/2006, de 31 de octubre, la
resolución de habilitación no afectará a la adscripción al puesto de trabajo que venga
desempeñando la persona habilitada y estará limitada al ámbito territorial de la respectiva
Delegación Territorial.
Décimo. Efectos de la resolución.
La resolución motivada de la presente convocatoria por parte de la persona titular de
la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo tendrá efectos a partir del día 1
de octubre de 2025.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante la persona
titular de la Viceconsejería en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y el dispositivo primero, apartado quinto, letra d), de la Orden de 14 de octubre
de 2022, por la que se delegan competencias en órganos directivos y entidades de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
00322034
Sevilla, 9 de junio de 2025.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8435/5
Noveno. Resolución del procedimiento.
1. A la vista de la propuesta, la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo resolverá motivadamente al efecto, según lo establecido en el
artículo 4 del Decreto 189/2006, de 31 de octubre.
2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de habilitación será de tres
meses contados desde la fecha de publicación de la presente convocatoria, pudiendo
las personas interesadas entender desestimadas sus solicitudes en caso de silencio
administrativo, de conformidad con el artículo 25.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. La resolución de la presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía y se notificará al personal funcionario que resulte habilitado,
comunicándose la misma a las respectivas Delegaciones Territoriales de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo y a los órganos correspondientes de la Administración
General del Estado, a través de la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social de Andalucía.
4. Por la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral se expedirá el
documento oficial que acredita la habilitación, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 6 del Decreto 189/2006, de 31 de octubre, y en la Orden de 28 de mayo de
2007, por la que se aprueba el modelo de documento oficial que acredita la habilitación
para el desempeño de las funciones comprobatorias en colaboración con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 9 de la
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
5. Tal y como establece el artículo 4.4 del Decreto 189/2006, de 31 de octubre, la
resolución de habilitación no afectará a la adscripción al puesto de trabajo que venga
desempeñando la persona habilitada y estará limitada al ámbito territorial de la respectiva
Delegación Territorial.
Décimo. Efectos de la resolución.
La resolución motivada de la presente convocatoria por parte de la persona titular de
la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo tendrá efectos a partir del día 1
de octubre de 2025.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante la persona
titular de la Viceconsejería en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y el dispositivo primero, apartado quinto, letra d), de la Orden de 14 de octubre
de 2022, por la que se delegan competencias en órganos directivos y entidades de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
00322034
Sevilla, 9 de junio de 2025.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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