3. Otras disposiciones. . (2025/113-45)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se establecen los extremos a comprobar en la fiscalización previa de los expedientes de contratación laboral de personal investigador cuya tramitación se realiza en el Sistema de Información de Recursos Humanos SIRhUS.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8456/3

i) Actas de baremo con los criterios de desempate, en especial si se concurre a varias
convocatorias tanto para contratos indefinidos como de duración determinada.
j) Propuesta al órgano competente para la celebración del contrato de trabajo.
k) Acreditación de que la persona propuesta reúne los requisitos de capacidad,
titulación, formación o experiencia profesional requeridas en la convocatoria.
l) Habrá de especificarse en el contrato de trabajo la existencia de período de prueba,
en su caso.
m) Asimismo, habrán de indicarse en el contrato de trabajo las causas de su
extinción, incluida la falta de financiación así como la indemnización prevista conforme a
la normativa vigente, a la finalización de este.
Tercero. Cuando el expediente sometido a fiscalización previa carezca de aquellos
extremos que se determinan en los apartados anteriores, la fiscalización será desfavorable,
debiendo formular la Intervención nota de reparo, que tendrá efectos suspensivos.
Cuarto. La Intervención General, conforme a lo dispuesto en el artículo 89.4 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, podrá
acordar la realización de controles posteriores sobre los gastos a que se refiere la
presente resolución.
Quinto. La presente resolución, será de aplicación desde la fecha de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00322055

Sevilla, 9 de junio de 2025.- El Interventor General, Miguel Ángel Figueroa Teva.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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