Disposiciones generales. . (2025/114-1)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de participación, coeducación, equidad, y voluntariado en Andalucía para el curso 2025/2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Martes, 17 de junio de 2025
página 8558/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Participación
e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la
concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado
y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de
participación, coeducación, equidad, y voluntariado en Andalucía para el curso
2025/2026.
Mediante Orden de la Consejería de Educación, de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95,
de 17 de mayo de 2011), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del
alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado,
coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía.
La disposición adicional primera de la referida orden delega en la persona titular de la
Dirección General competente en materia de participación la competencia para efectuar
futuras convocatorias de las distintas líneas de subvenciones reguladas en la mencionada
orden.
En su virtud y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria para el presente
ejercicio económico, esta Dirección General de Participación e Inclusión Educativa
RESU ELV E
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Convocar para el curso 2025/2026 las ayudas económicas destinadas a:
Línea 1. Fomento de la participación de confederaciones y federaciones de
asociaciones de madres y padres del alumnado en Andalucía.
Línea 6. Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del
alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la
igualdad entre hombres y mujeres.
Línea 9. Atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo por
presentar altas capacidades o necesidades educativas especiales.
Línea 10. Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y
asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y
extraescolares en Andalucía.

Tercero. Solicitudes.
Las solicitudes de subvención se cumplimentarán de acuerdo con los Anexo ISolicitud que acompañan a esta resolución.
Cuarto. Lugar y plazo de presentación.
1. Las solicitudes se podrán presentar en los lugares y registros siguientes:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322158

Segundo. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio, y se
tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.
2. El ámbito territorial y/o funcional de competitividad será el establecido en el
apartado 2.d) de cada Cuadro Resumen.