3. Otras disposiciones. . (2025/115-42)
Orden de 12 de junio de 2025, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia en los municipios incluidas en la segunda fase de implantación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Miércoles, 18 de junio de 2025
página 8627/2
En virtud de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más
representativas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 522 y concordantes de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como en el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración
Local y Función Pública,
RESU ELVO
Primero. Aprobar las relaciones de puestos de trabajo del personal al servicio de la
Administración de Justicia de las Oficinas de Justicia en los municipios de los partidos
judiciales incluidos en la segunda fase de implantación de los Tribunales de Instancia,
que se inserta como anexo a la presente orden.
Segundo. La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las Oficinas de Justicia en los municipios incluidas en esta orden entrarán en
funcionamiento el día de constitución del correspondiente tribunal de instancia.
Sevilla, 12 de junio de 2025
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
00322227
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Miércoles, 18 de junio de 2025
página 8627/2
En virtud de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más
representativas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 522 y concordantes de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como en el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración
Local y Función Pública,
RESU ELVO
Primero. Aprobar las relaciones de puestos de trabajo del personal al servicio de la
Administración de Justicia de las Oficinas de Justicia en los municipios de los partidos
judiciales incluidos en la segunda fase de implantación de los Tribunales de Instancia,
que se inserta como anexo a la presente orden.
Segundo. La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las Oficinas de Justicia en los municipios incluidas en esta orden entrarán en
funcionamiento el día de constitución del correspondiente tribunal de instancia.
Sevilla, 12 de junio de 2025
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
00322227
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja