Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Obando. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01580/2025)
Corrección de error en edicto publicado el 16 de abril de 2025 sobre aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela de Aprendizaje Laboral "Formando Empleando" del Ayuntamiento de Puebla de Obando
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Ayuntamiento de Puebla de Obando

Anuncio 1580/2025

familiar antes de que transcurran los cinco días señalados como norma general. Si el familiar requiere reposo
domiciliario una vez intervenido quirúrgicamente, será el informe de alta médica el documento que lo
determine.
c) Un día por traslado del domicilio habitual.
d) Seis días por asuntos propios. El alumnado tendrá derecho a los días de asuntos propios que le
correspondan por el periodo contratado (9 meses). La solicitud para la aprobación de dichos días se hará con
una antelación de 48 horas.
e) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal,
comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo
determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación
económica.
f) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o
convencionalmente.
g) Los demás derechos reconocidos en el estatuto de los trabajadores.
Cuando se alude a "deberes inexcusables de carácter público y personal", se refiere a los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las
horas de asistencia y consulta. No se admitirán justificantes médicos que determinen reposos de 24/48 horas. Para
ello, si el facultativo lo determinase, se tramitará la correspondiente baja por enfermedad común, aunque solo sea
por un día.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de formación), que
deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan constar las horas de inicio y
finalización.
La renovación del DNI o carné de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cuales quiera actividades anteriores cuando puedan llevarse a
cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
7.- Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
El uso de vestuario y equipos de protección individual entregado a los alumnos/as- trabajadores/as son de uso obligatorio y
su mantenimiento es responsabilidad directa de cada trabajador.
Todo el personal está obligado a comunicar a la dirección del centro, cualquier desperfecto que apreciase tanto en
instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono o incumplimiento de normas de seguridad e higiene.
De acuerdo con la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, no se permitirá fumar en ninguna de las instalaciones del centro.
DERECHOS Y DEBERES
8.- Derechos.
Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad personal.
A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad, raza, condición social, ideas religiosas o políticas,
afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua.
A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
En la etapa formativa inicial, el alumnado tendrá derecho a percibir una beca por la asistencia al proyecto. Su
percepción será incompatible con la realización de trabajos por cuenta propia o ajena. Las alumnas y alumnos que
cesen en su trabajo por cuenta propia o ajena podrán recibir a partir de dicha fecha la beca correspondiente.
Durante la etapa formativa inicial la entidad promotora suscribirá una póliza de seguro de accidentes y
responsabilidad civil, siendo efectiva desde la fecha de incorporación de las personas participantes al proyecto hasta
la finalización de la etapa formativa inicial (3 meses: 16/12/2024 hasta 15-03- 2025).
A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, el alumnado-trabajador del programa tendrán derecho a:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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