Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Obando. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01580/2025)
Corrección de error en edicto publicado el 16 de abril de 2025 sobre aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela de Aprendizaje Laboral "Formando Empleando" del Ayuntamiento de Puebla de Obando
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Ayuntamiento de Puebla de Obando

Anuncio 1580/2025

Recibir formación ocupación al específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades personales.
Participar en el proyecto a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces que para tal fin se
dispongan.
Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
10.- Deberes.
Respetar la dignidad y el trabajo de cuantas personas presten sus servicios en el proyecto.
Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
Mantener la atención debida, tanto en los módulos teóricos de formación, como en las prácticas, quedando
prohibido el uso de aparatos electrónicos (móviles, tablets, ordenadores, etc.) que no estén autorizados
expresamente.
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, el alumnado-trabajador del programa quedará obligado a:
Cumplir con las obligaciones derivadas del plan formativo y ejecutar de forma responsable las tareas que se
contemplan en el mismo.
Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro. Respetar las instalaciones y medios puestos a su
disposición.
CONTROL DE ASISTENCIA
La entidad promotora, a través del personal técnico-docente del programa ESCALA, deberá realizar el seguimiento de la
participación del alumnado, su aprendizaje y evaluación. En las acciones presenciales se deberá llevar un control de
asistencia diario según el modelo que se establezca por el SEXPE.
El cuadrante de firmas semanal, en el caso del alumnado, y el mensual, en el caso del personal técnico-docente, será el
instrumento válido para el control de la asistencia al proyecto en el que las personas participantes deberán firmar todos los
días lectivos.
Las personas participantes firmarán al inicio y a la finalización de cada jornada lectiva, responsabilizándose la entidad
promotora, a través del personal técnico-docente, de consignar las faltas y ausencias de las personas participantes.
En ningún caso se aceptará que la persona firme con antelación por días aún no impartidos, ni con posterioridad por días en
los que no haya asistido, asumiendo la entidad promotora toda la responsabilidad en el caso de producirse dichas
situaciones.
- La persona designada como responsable del control de asistencias, señalará cada día las faltas habidas en los recuadros
correspondientes a la firma de las personas participantes que no hayan asistido. Si la falta posteriormente es justificada se
anotará también en el mismo recuadro. Los justificantes de las faltas de asistencia se adjuntarán a la hoja de la semana en
que se hayan producido.
En cualquier caso, la entidad promotora deberá registrar las ausencias producidas, así como el motivo o causa de las
mismas y restará de las horas de asistencia de la persona participante el tiempo de retraso o ausencia, esté justificado o no.
Los partes de asistencia deben reflejar las personas participantes incorporadas al proyecto y su firma en el lugar que
corresponda a cada uno de ellos, debiendo evitarse enmiendas, tachaduras o errores que pongan en entredicho la
autenticidad de las mismas.
FALTAS DE ASISTENCIA:
El alumnado-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado por su monitor/a, a quien tendrá
que pedir permiso y justificar la ausencia; de lo contrario, se le imputará una falta por abandono del puesto de trabajo y,
encaso de producirse reiteración en dicha conducta, se procederá a abrir expediente disciplinario.
Todas las horas que el alumnado-trabajador no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no, serán
descontadas del cómputo total de horas del módulo formativo que se esté impartiendo. No obstante, si no se asistiera al
menos al 75% de la duración asignada a los módulos teórico-prácticos no tendrá derecho a presentarse a las pruebas que se
realicen para superar el módulo formativo, y tampoco tendrá derecho a percibir la beca correspondiente.
Faltas de asistencia justificadas:
Se podrán entender como faltas de asistencia justificadas los siguientes motivos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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