Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02007/2025)
Bases y convocatoria de selección para el nombramiento de Auxiliar Técnico de Luces y Sonido con el carácter de personal funcionario
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2007/2025
Se documentarán mediante contratos de trabajo o certificados de empresa en modelo oficial y,
en todo caso, informe de vida laboral emitido por la Tesorería de la Seguridad Social, para su
constatación.
2.º.- Formación:
a) Formación académica: Por estar en posesión de una de las siguientes titulaciones
académicas, siempre que no sea la exigida para acceder a esta convocatoria:
Doctorado universitario
licenciatura / título de grado
Diplomatura universitaria
2 puntos
Ciclo completo Escuela Oficial Idiomas
1,5 puntos
Ciclo Superior Formación Profesional.
0,5 puntos
Ciclo Medio Formación Profesional.
0,25 puntos
1 punto
0,5 puntos
Solo se puntuará una titulación, en caso de acreditar más de una se puntuará la superior. Será
imprescindible presentar el título o justificante de abono de los derechos correspondientes
para su obtención. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su
homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración
competente para ello.
b) Formación y perfeccionamiento. Por la realización de los cursos, que estén relacionados con
las funciones del puesto de Auxiliar Técnico de Luces y Sonido, que se detalla a continuación y
hasta un máximo de 1,5 puntos.
Cursos recibidos con un mínimo de 20 horas de duración que estén impartidos por la escuela
de formación pública de las distintas administraciones públicas, se otorgarán
0,1 puntos por
crédito horario
Cursos recibidos con un mínimo de 20 horas de duración que estén impartidos por la
universidad, institución pública o asociación de carácter reconocida se otorgarán
0,1 puntos por
crédito horario
Cursos, jornadas, charlas, foros de debates o similares recibidos, en los que no consten las
horas de asistencia, impartidos por la administración, la universidad, institución pública o
asociación de carácter reconocida se otorgarán
0,005 puntos por
cada uno
Cursos impartidos, con un mínimo de 20 horas de duración, siempre que se impartan en el
seno de los planes de formación de la escuela de formación pública de las administraciones
públicas, se otorgarán
0,2 puntos por
crédito horario
Para considerar los créditos se dividirá el número total de horas de asistencia al curso por 10,
considerando por cada 10 horas efectivas o fracción restante un crédito horario.
Los cursos recibidos serán justificados con el correspondiente certificado o diploma, en el que
conste la firma del Secretario, Gerente o Coordinador y el visto bueno del responsable de la
entidad que lo imparte con mención expresa al contenido y duración del mismo expresada en
horas.
Los cursos impartidos se justificarán con el certificado del Secretario de la administración,
entidad u organismo con el visto bueno de su Presidente, debiendo constar el contenido del
curso y su duración expresada en horas. No considerándose aquellos que se hayan impartido
en el seno de una prestación de servicios que se haya puntuado en el apartado de experiencia
profesional.
3.º.- Publicación de las puntuaciones de la fase de concurso: Con el anuncio del resultado de la primera
prueba se publicará el resultado de la fase de concurso de los aspirantes que hayan resultado aptos en esta
prueba.
Otorgándose el mismo plazo de cinco días hábiles, para las posibles impugnaciones o reclamaciones contra el
resultado del primer ejercicio, mediante escrito dirigido al Tribunal Calificador.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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constatación.
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a) Formación académica: Por estar en posesión de una de las siguientes titulaciones
académicas, siempre que no sea la exigida para acceder a esta convocatoria:
Doctorado universitario
licenciatura / título de grado
Diplomatura universitaria
2 puntos
Ciclo completo Escuela Oficial Idiomas
1,5 puntos
Ciclo Superior Formación Profesional.
0,5 puntos
Ciclo Medio Formación Profesional.
0,25 puntos
1 punto
0,5 puntos
Solo se puntuará una titulación, en caso de acreditar más de una se puntuará la superior. Será
imprescindible presentar el título o justificante de abono de los derechos correspondientes
para su obtención. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su
homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración
competente para ello.
b) Formación y perfeccionamiento. Por la realización de los cursos, que estén relacionados con
las funciones del puesto de Auxiliar Técnico de Luces y Sonido, que se detalla a continuación y
hasta un máximo de 1,5 puntos.
Cursos recibidos con un mínimo de 20 horas de duración que estén impartidos por la escuela
de formación pública de las distintas administraciones públicas, se otorgarán
0,1 puntos por
crédito horario
Cursos recibidos con un mínimo de 20 horas de duración que estén impartidos por la
universidad, institución pública o asociación de carácter reconocida se otorgarán
0,1 puntos por
crédito horario
Cursos, jornadas, charlas, foros de debates o similares recibidos, en los que no consten las
horas de asistencia, impartidos por la administración, la universidad, institución pública o
asociación de carácter reconocida se otorgarán
0,005 puntos por
cada uno
Cursos impartidos, con un mínimo de 20 horas de duración, siempre que se impartan en el
seno de los planes de formación de la escuela de formación pública de las administraciones
públicas, se otorgarán
0,2 puntos por
crédito horario
Para considerar los créditos se dividirá el número total de horas de asistencia al curso por 10,
considerando por cada 10 horas efectivas o fracción restante un crédito horario.
Los cursos recibidos serán justificados con el correspondiente certificado o diploma, en el que
conste la firma del Secretario, Gerente o Coordinador y el visto bueno del responsable de la
entidad que lo imparte con mención expresa al contenido y duración del mismo expresada en
horas.
Los cursos impartidos se justificarán con el certificado del Secretario de la administración,
entidad u organismo con el visto bueno de su Presidente, debiendo constar el contenido del
curso y su duración expresada en horas. No considerándose aquellos que se hayan impartido
en el seno de una prestación de servicios que se haya puntuado en el apartado de experiencia
profesional.
3.º.- Publicación de las puntuaciones de la fase de concurso: Con el anuncio del resultado de la primera
prueba se publicará el resultado de la fase de concurso de los aspirantes que hayan resultado aptos en esta
prueba.
Otorgándose el mismo plazo de cinco días hábiles, para las posibles impugnaciones o reclamaciones contra el
resultado del primer ejercicio, mediante escrito dirigido al Tribunal Calificador.
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