Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02107/2025)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Monitor de Talla en Madera de la Universidad Popular, como personal laboral fijo discontinuo a jornada parcial, en turno libre, mediante sistema de concurso-oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 2107/2025
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma que se
establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
citada anteriormente.
5.5.- El Tribunal podrá disponer de incorporación a sus trabajos de asesores, técnicos especialistas y colaboradores en
aquellas pruebas que demanden oír su opinión.
6.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
6.1.- Las pruebas selectivas de la oposición, no podrán comenzar hasta transcurrido al menos un mes desde la publicación
del anuncio correspondiente, en el BOE, tras la publicación íntegra de las bases en el BOP de Badajoz y no podrá exceder de
nueve meses el tiempo comprendido entre dicha publicación y la finalización de los ejercicios, salvo causa extraordinaria
justificada.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un
máximo de 45 días naturales.
El primer ejercicio se celebrará el día, hora y lugar que por resolución de la Alcaldía se determine y se publique en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito y en el de su página web.
La información relativa a los demás trámites de dicho proceso solo se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
de Don Benito y en el de su página web.
6.2.- Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, por orden alfabético, salvo que el Tribunal
decida otra más conveniente, y deberán ir provistos del DNI. La no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados,
salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal, comporta que decae
automáticamente en su derecho de participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
6.3.- El Tribunal, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad de los
aspirantes.
6.4.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se hará constar las calificaciones de los
ejercicios de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
7.- Fase de oposición.
7.1.- Fase de oposición: El proceso selectivo constará de dos ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio, siendo requisito
imprescindible para superar los mismos, haber obtenido las puntuaciones mínimas requeridas.
El temario de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases, sin perjuicio de las posibles modificaciones
que se pudieran producir en el mismo. No obstante, en la totalidad del proceso selectivo, deberá exigirse por el Tribunal y el
aspirante deberá ajustarse a la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 20 preguntas tipo test con tres respuestas
alternativas, de las cuales sólo una de ellas será la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del
temario (tanto de materias comunes como específicas), recogido en el anexo II. El tiempo máximo de duración
de dicho ejercicio, no será superior a 60 minutos. El cuestionario que se proponga contendrá 5 preguntas
adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su
caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación: Se calificará a razón de 0,5
puntos cada respuesta correcta. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio, valorándose de 0 a 10 puntos y
debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para su superación.
Tras la exposición de la lista provisional, por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para
posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan
superado este primer ejercicio.
- Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución, por escrito, de uno o varios supuestos o pruebas prácticas,
propuestos por el Tribunal de Selección, relacionados con el programa del temario específico que figura en el
anexo II, en el tiempo y con los medios auxiliares que dicho Tribunal disponga.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma que se
establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
citada anteriormente.
5.5.- El Tribunal podrá disponer de incorporación a sus trabajos de asesores, técnicos especialistas y colaboradores en
aquellas pruebas que demanden oír su opinión.
6.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
6.1.- Las pruebas selectivas de la oposición, no podrán comenzar hasta transcurrido al menos un mes desde la publicación
del anuncio correspondiente, en el BOE, tras la publicación íntegra de las bases en el BOP de Badajoz y no podrá exceder de
nueve meses el tiempo comprendido entre dicha publicación y la finalización de los ejercicios, salvo causa extraordinaria
justificada.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un
máximo de 45 días naturales.
El primer ejercicio se celebrará el día, hora y lugar que por resolución de la Alcaldía se determine y se publique en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito y en el de su página web.
La información relativa a los demás trámites de dicho proceso solo se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
de Don Benito y en el de su página web.
6.2.- Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, por orden alfabético, salvo que el Tribunal
decida otra más conveniente, y deberán ir provistos del DNI. La no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados,
salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal, comporta que decae
automáticamente en su derecho de participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
6.3.- El Tribunal, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad de los
aspirantes.
6.4.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se hará constar las calificaciones de los
ejercicios de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
7.- Fase de oposición.
7.1.- Fase de oposición: El proceso selectivo constará de dos ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio, siendo requisito
imprescindible para superar los mismos, haber obtenido las puntuaciones mínimas requeridas.
El temario de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases, sin perjuicio de las posibles modificaciones
que se pudieran producir en el mismo. No obstante, en la totalidad del proceso selectivo, deberá exigirse por el Tribunal y el
aspirante deberá ajustarse a la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 20 preguntas tipo test con tres respuestas
alternativas, de las cuales sólo una de ellas será la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del
temario (tanto de materias comunes como específicas), recogido en el anexo II. El tiempo máximo de duración
de dicho ejercicio, no será superior a 60 minutos. El cuestionario que se proponga contendrá 5 preguntas
adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su
caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación: Se calificará a razón de 0,5
puntos cada respuesta correcta. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio, valorándose de 0 a 10 puntos y
debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para su superación.
Tras la exposición de la lista provisional, por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para
posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan
superado este primer ejercicio.
- Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución, por escrito, de uno o varios supuestos o pruebas prácticas,
propuestos por el Tribunal de Selección, relacionados con el programa del temario específico que figura en el
anexo II, en el tiempo y con los medios auxiliares que dicho Tribunal disponga.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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