Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02209/2025)
Bases y convocatoria para la provisión, por concurso-oposición en turno de promoción interna, de una plaza de Oficial de Policía Local
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montijo
Anuncio 2209/2025
Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica o
Ejecutiva, categoría de Agente.
e) Faltar más de 5 años para el pase a segunda actividad por razón de edad.
f) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o título académico equivalente.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de
embarazo o parto.
h) Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en
impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente
que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la
realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente fase de
oposición. El certificado médico citado debe presentarse el mismo día de realización de las
pruebas físicas a las que se hace mención en la base séptima, debiendo estar expedido dentro
de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de realización de las pruebas. Se
declararán no aptos los casos incluidos en el cuadro de exclusiones médicas, decreto 64/2022,
de 8 de junio.
i) No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en
virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de la función
pública, ni estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas.
j) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
k) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B, ambos vigentes el último día
de presentación de solicitudes.
2.2. El cumplimiento de los requisitos establecidos en esta base se acreditará mediante la declaración
responsable contenida en la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su
responsabilidad, que son ciertos los datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten
seleccionados deban aportar en el momento de su nombramiento la documentación acreditativa
correspondiente.
Tercera.- Solicitudes.
3.1. Instancias, plazo de presentación y tasas.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, deberán estar debidamente
cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos
exigidos o en disposición de obtenerlos, referidos al día en que concluya el plazo de su presentación, y que se
comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones inherentes al cargo con
lealtad al Rey, guardar y hacer guardar la constitución como norma fundamental del Estado.
Se ajustarán al modelo anexo a las presentes bases, debiendo dirigirse a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y
se presentarán en el registro general del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a efecto del cómputo de plazos, a partir del siguiente de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, publicándose asimismo, para mayor difusión en
sede electrónica.
Se acompañará justificante del abono de los derechos de examen, 25,00 euros, mediante ingreso en la
cuenta. Unicaja Banco, SA, IBAN: ES20 2103 7118 9100 3000 8432. Sin perjuicio de las bonificaciones
establecidas en la Ordenanza municipal fiscal reguladora de la tasa por concurrencia a pruebas selectivas,
acreditadas obligatoriamente, la falta del justificante de su abono en el plazo, constituye motivo no
subsanable de exclusión.
Junto con la instancia se aportará, copia auténtica del DNI, permiso de conducir de las clases A2 y B, vigentes,
certificado tipo (certificado reglamentario anexo I expedido por RR.HH.) acreditativo de la antigüedad, así
como de la titulación exigida.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica o
Ejecutiva, categoría de Agente.
e) Faltar más de 5 años para el pase a segunda actividad por razón de edad.
f) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o título académico equivalente.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de
embarazo o parto.
h) Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en
impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente
que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la
realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente fase de
oposición. El certificado médico citado debe presentarse el mismo día de realización de las
pruebas físicas a las que se hace mención en la base séptima, debiendo estar expedido dentro
de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de realización de las pruebas. Se
declararán no aptos los casos incluidos en el cuadro de exclusiones médicas, decreto 64/2022,
de 8 de junio.
i) No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en
virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de la función
pública, ni estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas.
j) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
k) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B, ambos vigentes el último día
de presentación de solicitudes.
2.2. El cumplimiento de los requisitos establecidos en esta base se acreditará mediante la declaración
responsable contenida en la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su
responsabilidad, que son ciertos los datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten
seleccionados deban aportar en el momento de su nombramiento la documentación acreditativa
correspondiente.
Tercera.- Solicitudes.
3.1. Instancias, plazo de presentación y tasas.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, deberán estar debidamente
cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos
exigidos o en disposición de obtenerlos, referidos al día en que concluya el plazo de su presentación, y que se
comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones inherentes al cargo con
lealtad al Rey, guardar y hacer guardar la constitución como norma fundamental del Estado.
Se ajustarán al modelo anexo a las presentes bases, debiendo dirigirse a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y
se presentarán en el registro general del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a efecto del cómputo de plazos, a partir del siguiente de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, publicándose asimismo, para mayor difusión en
sede electrónica.
Se acompañará justificante del abono de los derechos de examen, 25,00 euros, mediante ingreso en la
cuenta. Unicaja Banco, SA, IBAN: ES20 2103 7118 9100 3000 8432. Sin perjuicio de las bonificaciones
establecidas en la Ordenanza municipal fiscal reguladora de la tasa por concurrencia a pruebas selectivas,
acreditadas obligatoriamente, la falta del justificante de su abono en el plazo, constituye motivo no
subsanable de exclusión.
Junto con la instancia se aportará, copia auténtica del DNI, permiso de conducir de las clases A2 y B, vigentes,
certificado tipo (certificado reglamentario anexo I expedido por RR.HH.) acreditativo de la antigüedad, así
como de la titulación exigida.
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