Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02354/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades sociales sin ánimo de lucro para el año 2025
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2354/2025

2.1. Actividades del proyecto.
Una actividad al mes o más: 10 puntos.
Una actividad al trimestre: 7 puntos.
Una actividad al semestre: 5 puntos.
Menos de una actividad al trimestre: 3 puntos
Menos de una actividad al semestre: 1 puntos
2.2. Continuidad del proyecto o actividades.
Proyecto o actividades con continuidad en los 5 años anteriores a la convocatoria: 15
puntos.
Proyectos o actividades con continuidad en los 2 años anteriores a la convocatoria: 10
puntos.
Proyectos o actividades con sólo 1 año antes de la convocatoria: 5 puntos.
2.3. Valoración del Proyecto presentado:
La adecuación preferente de los proyectos a los contenidos del objeto y finalidad de la
convocatoria: 15 puntos.
La calidad técnica del proyecto presentado, que debe incluir una justificación cualitativa
de la necesidad de la puesta en marcha del proyecto (fundamentación sobre la
necesidad de crear el programa) o de su continuidad (en el caso de proyectos
consolidados). Debe de contener, además, cada uno de los apartados que se reflejan en
el anexo III (denominación del proyecto o actividad, tipo de proyecto, duración,
calendario de ejecución, lugar de celebración, público al que se dirige y número
aproximado de personas beneficiarias del proyecto o actividad, objetivos, metodología,
recursos, descripción detallada del proyecto, presupuesto y evaluación): 20 puntos.
La coordinación con otras asociaciones, entidades y/o administraciones públicas para el
desarrollo del proyecto y actividades propuestos, el grado de adecuación de los
proyectos y actividades a los contenidos, objetivos y prioridades de los planes y
programas desarrollados desde el ámbito local y su coordinación con los servicios
municipales:

* Coordinación con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo y
otras entidades públicas para el desarrollo del proyecto: 10
puntos.
* Coordinación con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo para
el desarrollo del proyecto: 5 puntos.
* Coordinación con otras entidades públicas para el desarrollo del
proyecto: 5 puntos.
* No existe coordinación con otras entidades: 0 puntos.

Coste y viabilidad económica del proyecto: 5 puntos.
Viabilidad económica de la entidad y disposición de medios técnicos y materiales
destinados al desarrollo del proyecto: 5 puntos.
3. Ayudas recibidas por el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo:
No recibir ayudas para el pago de suministro eléctrico y/o agua, telefonía, Internet, etc:
5 puntos.
No recibir ayudas para la Sede Social en conceptos de cesión de uso o alquiler: 5 puntos.

La puntuación máxima para cada solicitud se establece en 100 puntos. Será necesaria una puntuación mínima total de 40
puntos para que el proyecto resulte subvencionado.
10.- Criterios de determinación de la cuantía a conceder.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, en los términos establecidos en el artículo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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