Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02400/2025)
Bases y convocatoria para la provisión, con carácter temporal de funcionario interino, de una (1) plaza de Arqueólogo/a
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Ayuntamiento de Medellín
Anuncio 2400/2025
tareas de mantenimiento y/o mejora.
Aquellas funciones encomendadas por la Alcaldía según las necesidades del servicio.
4. La jornada establecida para este puesto será completa y ordinaria.
5. La provisión resulta necesaria, urgente y esencial para esta entidad local.
6. La tramitación del expediente, dada la urgente necesidad, se va a desarrollar a tenor de lo establecido en el artículo 33 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Se hace constar la existencia de crédito adecuado y suficiente para dicho compromiso.
Segunda: Requisitos de los candidatos.
1. Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes, deberán reunir, antes de que termine el último día de
presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la finalización del proceso selectivo que se verá culminado con la toma de
posesión, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo
previsto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (desarrollada por el RD 800/95), modificada por la Ley 55/1999,
de 29 de diciembre. Las personas nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán
acreditar en el momento de la solicitud la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el artículo 2.2.12.b), el
vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de la persona nacional de un
Estado miembro de la Unión Europea con la que tenga dicho vínculo.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo
que la normativa específica determine una diferente.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las administraciones públicas o
de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para desempeñar tales funciones. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) No padecer enfermedad física o psíquica que impida el desarrollo normal de las tareas propias del puesto
de trabajo.
e) Tener conocimiento adecuado del castellano, para las personas nacionales de los Estados miembros de la
Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en el artículo 2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de
mayo.
f) No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad específicas establecidas en las
disposiciones vigentes.
g) Estar en posesión de la titulación académica que a continuación se exige:
a. Licenciatura o Grado en Arqueología, Historia, Historia del Arte, Geografía e Historia o
equivalente.
2. En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la convocatoria, habrá de alegarse
documentalmente la norma que establezca la equivalencia o, en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano
competente que acredite dicha equivalencia.
3. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su
equivalencia a la titulación.
Tercera: Presentación de solicitudes.
1. Las instancias para participar en la convocatoria del presente proceso selectivo se presentarán en el Registro general del
Excmo. Ayuntamiento de Medellín, de manera presencial o telemática a través de la sede electrónica.
2. Asimismo, se podrán presentar las solicitudes en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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tareas de mantenimiento y/o mejora.
Aquellas funciones encomendadas por la Alcaldía según las necesidades del servicio.
4. La jornada establecida para este puesto será completa y ordinaria.
5. La provisión resulta necesaria, urgente y esencial para esta entidad local.
6. La tramitación del expediente, dada la urgente necesidad, se va a desarrollar a tenor de lo establecido en el artículo 33 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Se hace constar la existencia de crédito adecuado y suficiente para dicho compromiso.
Segunda: Requisitos de los candidatos.
1. Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes, deberán reunir, antes de que termine el último día de
presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la finalización del proceso selectivo que se verá culminado con la toma de
posesión, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo
previsto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (desarrollada por el RD 800/95), modificada por la Ley 55/1999,
de 29 de diciembre. Las personas nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán
acreditar en el momento de la solicitud la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el artículo 2.2.12.b), el
vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de la persona nacional de un
Estado miembro de la Unión Europea con la que tenga dicho vínculo.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo
que la normativa específica determine una diferente.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las administraciones públicas o
de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para desempeñar tales funciones. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) No padecer enfermedad física o psíquica que impida el desarrollo normal de las tareas propias del puesto
de trabajo.
e) Tener conocimiento adecuado del castellano, para las personas nacionales de los Estados miembros de la
Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en el artículo 2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de
mayo.
f) No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad específicas establecidas en las
disposiciones vigentes.
g) Estar en posesión de la titulación académica que a continuación se exige:
a. Licenciatura o Grado en Arqueología, Historia, Historia del Arte, Geografía e Historia o
equivalente.
2. En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la convocatoria, habrá de alegarse
documentalmente la norma que establezca la equivalencia o, en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano
competente que acredite dicha equivalencia.
3. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su
equivalencia a la titulación.
Tercera: Presentación de solicitudes.
1. Las instancias para participar en la convocatoria del presente proceso selectivo se presentarán en el Registro general del
Excmo. Ayuntamiento de Medellín, de manera presencial o telemática a través de la sede electrónica.
2. Asimismo, se podrán presentar las solicitudes en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
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