Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02420/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una (1) plaza de Ayudante/a del Polideportivo, reservada a personas con discapacidad
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Ayuntamiento de Almendralejo

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3.ª.1.- Instancias. Las instancias para solicitar tomar parte en el proceso selectivo serán cumplimentadas, preferentemente, a
través de la solicitud de participación en procesos selectivos habilitada en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En caso de no estar obligado a presentar la solicitud por medio electrónico y no desear hacerlo por este medio, las personas
aspirantes deberán manifestar, en sus instancias, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos
recogidos en la base segunda, como se recoge en el modelo recogido en el anexo I de esta convocatoria, a estos efectos en
la página web www.almendralejo.esestará disponible un modelo de instancia. Una vez cumplimentada deberán presentar su
solicitud conforme disponen el apartado 3.ª.3 de estas bases.
Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar el comprobante o justificante del
ingreso efectuado en concepto de derechos de examen.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información o la no presentación de la
declaración o de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado,
determinará la exclusión del aspirante, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera
lugar.
3.ª.2.- Adaptaciones de tiempos y medios: Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en su instancia las adaptaciones y los ajustes
razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, en los términos recogidos en la base 6.ª.2
de estas bases.
Para ello, junto con la instancia, los interesados deberán presentar copia del dictamen técnico facultativo emitido por el
órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, en el que quede acreditado de forma fehaciente las circunstancias
permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro
documento. Asimismo, deberán indicar, expresamente en la instancia, las adaptaciones de tiempos y medios que soliciten
para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo.
3.ª.3.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias que no se presente por sede electrónica, conforme al apartado
3.ª.1 anterior, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto
por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; en este caso la parte interesada deberá adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la
copia de la solicitud que se presente a través de estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se presentarán en sobre
abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias.
Sólo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento en la fecha
en la que fueron entregadas en Correos.
3.ª.4.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del siguiente a aquél
en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen
publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP en adelante). El anuncio de la
convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.ª.5.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 6,01 euros conforme dispone la vigente Ordenanza
fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo no abonar los derechos de examen en el plazo
previsto para la presentación de instancias.
A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.ª.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos. La resolución, que se publicará en el BOP, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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