Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02420/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una (1) plaza de Ayudante/a del Polideportivo, reservada a personas con discapacidad
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2420/2025

A estos efectos, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos competentes en
materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Además, podrán solicitar del
interesado información adicional respecto de la adaptación solicitada.
En cualquier caso, los informes o dictámenes que recabe el Tribunal no tendrán carácter vinculante para la consideración de
apto en el reconocimiento médico previsto en el apartado 11.ª.2 de estas bases.
6.ª.3.- Calendario y convocatoria a la realización de pruebas: Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de
aspirantes se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal
calificador. Dicha publicación se efectuará con una antelación de, al menos, 15 días hábiles a dicho comienzo.
El inicio del procedimiento de selección tendrá lugar, antes de que transcurran dos meses desde la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias. El plazo máximo de resolución de las pruebas selectivas, no será superior a seis meses,
debiendo, en todo caso, estar concluidas antes del día 30 de noviembre de 2025. No obstante, este calendario estará
siempre sujeto a acontecimientos imprevisibles y causas de fuerza mayor.
Entre la finalización de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas
y máximo de cuarenta y cinco días.
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de
ejercicios, con cualquier otro que se esté celebrando en este Ayuntamiento o en cualquier otra Administración.
6.ª.4.- Apreciación de los requisitos de los aspirantes: El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de Selección o del órgano
convocante, que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria o
se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, podrá requerirles la documentación acreditativa.
Si se constata que no reúne algún los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, emitirá propuesta motivada de
exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos,
dando traslado de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos
pertinentes.
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno
de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la plaza o
categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará
conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del
dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna
resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo.
Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
6.ª.5.- Transparencia y publicación de anuncios: Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos
relacionados con la convocatoria, así como los acuerdos del Tribunal de Selección y sus diferentes fases y trámites se harán
públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página
web www.almendralejo.es.
Séptima.- Procedimiento de selección.
Se efectuará por el procedimiento de oposición. Constará de tres pruebas selectivas que serán obligatorias para todos los
aspirantes y tendrán carácter eliminatorio. Para la realización de una prueba se precisa haber superado la anterior.
Octava.- Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la superación sucesiva de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
8.ª.1.- Primera prueba tipo test. Se desarrollará por escrito y consistirá en contestar un test de treinta preguntas con cuatro
respuestas alternativas de las cuales solo una podrá ser la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa
incluido en el anexo II de esta convocatoria.
El tiempo para su realización lo determinará el Tribunal con un máximo de sesenta minutos.
8.ª.2.- Segunda prueba práctica. Consistirá en superar una prueba de carácter práctico (no escrita), durante un período
máximo de dos horas, a criterio del Tribunal de Selección, y consistirá en la realización de dos supuestos de carácter
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