Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02420/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una (1) plaza de Ayudante/a del Polideportivo, reservada a personas con discapacidad
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Ayuntamiento de Almendralejo
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práctico, iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, que
serán concernientes a las funciones del Ayudante del Polideportivo y relacionada con las materias específicas contenidas en
el anexo II de esta convocatoria.
En esta prueba se tendrá en cuenta el grado de ejecución, el tiempo, el conocimiento de los recursos y herramientas
necesarias, así como la metodología del trabajo. Si el Tribunal lo estima podrá dialogar sobre las materias objeto de esta
prueba, y pedir las aclaraciones oportunas, a los aspirantes que considere.
8.ª.3.- Desarrollo de las pruebas. A partir del primer ejercicio, el Tribunal de Selección indicará el día de celebración de los
sucesivos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso
al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de
corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Igualmente, en las actas del órgano calificador deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y el
cálculo de las mismas. Así como las plantillas de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
En la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
La normativa aplicable a las pruebas de selección será la vigente en el momento de publicar, en el BOP, la resolución en la
que se determine la convocatoria de la fecha y hora para la celebración de la primera prueba.
Novena.- Calificación de la fase de oposición.
9.ª.1.- Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario
para realizar una prueba haber superado la anterior.
9.ª.2.- Valoración de la prueba tipo test. Prevista en la base 8.ª.1. Se valorarán las primeras veinticinco preguntas, quedando
en reserva las comprendidas entre la veintiséis y la treinta, por si el Tribunal anulara alguna pregunta, por entenderla mal
formulada o no ajustada al temario. Se calificará a razón de 0,4 puntos por cada pregunta respondida totalmente correcta,
restándose 0,1 puntos por cada pregunta mal respondida, no puntuándose las preguntas no contestadas. Será necesario
obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
Finalizado y corregido el ejercicio, el Tribunal hará pública la plantilla de preguntas y respuestas del test. Las personas que lo
han realizado, si lo estiman, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, mediante
escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de cinco días hábiles a partir del anuncio de publicación de resultados.
Las preguntas adicionales de reserva del cuestionario tipo test sustituirán por su orden, correlativamente a aquellas
preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba. En el supuesto de agotarse las
preguntas adicionales de reserva, por anulación de un número de preguntas superior a estas, la puntuación total se dividirá
entre las preguntas que queden validadas, para alcanzar la puntuación total del ejercicio, restando las preguntas mal
respondidas a razón de una cuarta parte del nuevo valor de puntuación de cada pregunta correcta.
9.ª.3.- Valoración de la prueba práctica. Se valorará conforme a la puntuación máxima a otorgar, a criterio del Tribunal,
conforme a cada uno de los ítems o criterios siguientes:
a) Grado de ejecución de la prueba, con un máximo de 5 puntos.
b) Tiempo de ejecución, con máximo de 2 puntos.
c) Conocimiento de los recursos y herramientas necesarias para la realización de la prueba, con un máximo
de 2 puntos.
d) La metodología de trabajo, con un máximo de 1 punto.
e) Cada error y omisión de alguno de los pasos o de alguna de las herramientas, se penalizará con un máximo
de 1 punto.
Cada supuesto se valorará del 1 al 10, conforme a las valoraciones descritas anteriormente, siendo necesario obtener un
mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
La determinación de la calificación de cada supuesto se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos
miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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práctico, iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, que
serán concernientes a las funciones del Ayudante del Polideportivo y relacionada con las materias específicas contenidas en
el anexo II de esta convocatoria.
En esta prueba se tendrá en cuenta el grado de ejecución, el tiempo, el conocimiento de los recursos y herramientas
necesarias, así como la metodología del trabajo. Si el Tribunal lo estima podrá dialogar sobre las materias objeto de esta
prueba, y pedir las aclaraciones oportunas, a los aspirantes que considere.
8.ª.3.- Desarrollo de las pruebas. A partir del primer ejercicio, el Tribunal de Selección indicará el día de celebración de los
sucesivos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso
al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de
corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Igualmente, en las actas del órgano calificador deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y el
cálculo de las mismas. Así como las plantillas de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
En la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
La normativa aplicable a las pruebas de selección será la vigente en el momento de publicar, en el BOP, la resolución en la
que se determine la convocatoria de la fecha y hora para la celebración de la primera prueba.
Novena.- Calificación de la fase de oposición.
9.ª.1.- Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario
para realizar una prueba haber superado la anterior.
9.ª.2.- Valoración de la prueba tipo test. Prevista en la base 8.ª.1. Se valorarán las primeras veinticinco preguntas, quedando
en reserva las comprendidas entre la veintiséis y la treinta, por si el Tribunal anulara alguna pregunta, por entenderla mal
formulada o no ajustada al temario. Se calificará a razón de 0,4 puntos por cada pregunta respondida totalmente correcta,
restándose 0,1 puntos por cada pregunta mal respondida, no puntuándose las preguntas no contestadas. Será necesario
obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
Finalizado y corregido el ejercicio, el Tribunal hará pública la plantilla de preguntas y respuestas del test. Las personas que lo
han realizado, si lo estiman, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, mediante
escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de cinco días hábiles a partir del anuncio de publicación de resultados.
Las preguntas adicionales de reserva del cuestionario tipo test sustituirán por su orden, correlativamente a aquellas
preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba. En el supuesto de agotarse las
preguntas adicionales de reserva, por anulación de un número de preguntas superior a estas, la puntuación total se dividirá
entre las preguntas que queden validadas, para alcanzar la puntuación total del ejercicio, restando las preguntas mal
respondidas a razón de una cuarta parte del nuevo valor de puntuación de cada pregunta correcta.
9.ª.3.- Valoración de la prueba práctica. Se valorará conforme a la puntuación máxima a otorgar, a criterio del Tribunal,
conforme a cada uno de los ítems o criterios siguientes:
a) Grado de ejecución de la prueba, con un máximo de 5 puntos.
b) Tiempo de ejecución, con máximo de 2 puntos.
c) Conocimiento de los recursos y herramientas necesarias para la realización de la prueba, con un máximo
de 2 puntos.
d) La metodología de trabajo, con un máximo de 1 punto.
e) Cada error y omisión de alguno de los pasos o de alguna de las herramientas, se penalizará con un máximo
de 1 punto.
Cada supuesto se valorará del 1 al 10, conforme a las valoraciones descritas anteriormente, siendo necesario obtener un
mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
La determinación de la calificación de cada supuesto se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos
miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva,
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