Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02416/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de cinco (5) plazas de Administrativo/a
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2416/2025

escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de cinco días hábiles a partir del anuncio de publicación de resultados.
9.ª.3.- Valoración de la prueba práctica:
• La prueba prevista en la base 8.ª.1.b), del turno libre, se valorarán las primeras diez (10) preguntas de cada
uno de los supuestos, quedando en reserva las preguntas once y doce de cada supuesto, por si el Tribunal
anulara alguna pregunta, por entenderla mal formulada o no ajustada al temario.
Se calificará a razón de 0,5 puntos por cada pregunta respondida totalmente correcta, restándose 0,125
puntos por cada pregunta mal respondida, no puntuándose las preguntas no contestadas.
Será necesario responder a los dos supuestos, quedando eliminado los opositores que obtengan una
puntuación de cero o negativa en uno de ellos.
• La prueba prevista en la base 8.ª.2 b), del turno de promoción interna, se valorarán las primeras diez (10)
preguntas, quedando en reserva las preguntas once y doce, por si el Tribunal anulara alguna pregunta, por
entenderla mal formulada o no ajustada al temario.
Se calificará a razón de 1 puntos por cada pregunta respondida totalmente correcta, restándose 0,25 puntos
por cada pregunta mal respondida, no puntuándose las preguntas no contestadas.
La puntuación máxima a obtener en estas pruebas será de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos
para superarla.
Las preguntas adicionales de reserva del cuestionario tipo test sustituirán por su orden, correlativamente a aquellas
preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba. En el supuesto de agotarse las
preguntas adicionales de reserva, por anulación de un número de preguntas superior a estas, la puntuación total se dividirá
entre las preguntas que queden validadas, para alcanzar la puntuación total del ejercicio, restando las preguntas mal
respondidas a razón de una cuarta parte del nuevo valor de puntuación de cada pregunta correcta.
Décima.- Fase de concurso.
10.ª.1.- Esta fase solo será aplicable a las personas aspirantes del turno de promoción interna. Será posterior a la fase de
oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.
Consistirá en la calificación, por el Tribunal, de los méritos invocados por la persona aspirante en su instancia de
participación en el proceso selectivo. Siendo, únicamente, valorables los méritos que así consten relacionados.
La documentación acreditativa de los méritos será exigida por el Tribunal en el anuncio de las calificaciones definitivas del
primer ejercicio de la fase de oposición. A estos efectos se otorgará a las personas aspirantes un plazo de cinco días hábiles
para la presentación de documentación acreditativa de los méritos. A quienes en este plazo no aporte la documentación
acreditativa no se valorarán los méritos, sin que exista la posibilidad de su aportación posteriormente. No obstante, el
Tribunal podrá solicitar las aclaraciones o subsanaciones que considere necesarias, en relación a los méritos aportados o
invocados.
Los documentos presentados para acreditar los méritos serán originales o copias compulsadas exclusivamente por los
servicios administrativos del registro donde se presente la solicitud. La falta de acreditación de dichos méritos no supondrá
causa de exclusión al proceso selectivo, suponiendo, únicamente, su no valoración.
En cualquier caso, la valoración de los méritos tendrá como límite el último día de plazo de presentación de instancias, por lo
que no se tendrán en cuenta los méritos obtenidos o acreditados con posterioridad a dicho día.
10.ª.2.- Se valorarán los méritos atendiendo al siguiente baremo:
a) Experiencia profesional. Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración
Pública como funcionario, interino, laboral fijo o contratado.
a.1) Por haber desempeñado puesto de Auxiliar Administrativo en cualquier Administración
Pública, por cada año de servicio prestado o fracción mínima de seis meses, 0,20 puntos hasta
un máximo de 2 puntos.
a.2) Por haber desempeñado puesto de Administrativo en cualquier Administración Pública,
por cada año de servicio prestado o fracción mínima de seis meses, 0,30 puntos hasta un
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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