Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02416/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de cinco (5) plazas de Administrativo/a
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2416/2025

a) Ser personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Almendralejo, perteneciente a la escala de la
Administración General, subescala Auxiliar, subgrupo C2 y haber prestado servicios efectivos durante, al
menos, dos años en la citada subescala.
b) No estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar cumpliendo la sanción
por dichas faltas.
c) El requisito de la titulación requerida en el apartado 2.ª.1 e) de estas bases podrá ser sustituido con la
acreditación de una antigüedad de diez años en el subgrupo C2 o de cinco años y la superación de un curso
específico de formación.
2.ª.3.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso hasta el momento de la toma de posesión y acreditarse, en caso de resultar
seleccionados, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
3.ª.1.- Instancias. Las instancias para solicitar tomar parte en el proceso selectivo serán cumplimentadas, preferentemente, a
través de la solicitud de participación en procesos selectivos habilitada en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En caso de no estar obligado a presentar la solicitud por medio electrónico y no desear hacerlo por este medio, las personas
aspirantes deberán manifestar, en sus instancias, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos
recogidos en la base Segunda, como se recoge en el modelo recogido en el anexo I de esta convocatoria, a estos efectos en
la página web www.almendralejo.esestará disponible un modelo de instancia. Una vez cumplimentada deberán presentar su
solicitud conforme disponen el apartado 3.ª.3 de estas bases.
Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar el comprobante o justificante del
ingreso efectuado en concepto de derechos de examen.
Los aspirantes que concurran al turno de promoción interna deberán, en su caso, relacionar en la instancia los méritos
valorables en la fase de concurso. Solamente serán valorados los méritos que consten así relacionados.
La documentación acreditativa de los méritos será exigida por el Tribunal en el anuncio de la calificación definitiva del
primer ejercicio de la fase de oposición. A estos efectos se otorgará un plazo de cinco días hábiles para la presentación de
documentación acreditativa de los méritos.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información o la no presentación de la
declaración o de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado,
determinará la exclusión del aspirante, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera
lugar.
3.ª.2.- Personas con discapacidad: Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en su instancia las adaptaciones y los ajustes
razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, en los términos recogidos en la base 6.ª.2
de estas bases.
Para ello, junto con la instancia, los interesados deberán presentar copia del dictamen técnico facultativo emitido por el
órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, en el que quede acreditado de forma fehaciente las circunstancias
permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro
documento. Asimismo, deberán indicar, expresamente en la instancia, las adaptaciones de tiempos y medios que soliciten
para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo.
3.ª.3.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias que no se presente por sede electrónica, conforme al apartado
3.ª.1 anterior, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto
por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; en este caso la parte interesada deberá adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la
copia de la solicitud que se presente a través de estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se presentarán en sobre
abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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