Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02388/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición por promoción interna, de una (1) plaza de Oficial de la Policía Local
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

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II para cada una de ellas.
- En caso contrario, el o la aspirante obtendrá la calificación de no
apto / no apta.
- La calificación numérica de quienes superen cada prueba se
realizará con una puntuación comprendida entre cinco y diez
puntos, conforme se relaciona en las tablas del anexo II del
decreto 64/2022, de 8 de junio.
- La calificación global de dichas pruebas físicas será la media
aritmética de todas las obtenidas en cada una de ellas.

7.2. Segunda fase: Concurso-oposición.
7.2.1. Fase de concurso:
La fase de concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados y debidamente
acreditados de acuerdo con el baremo de méritos establecido en las bases de la convocatoria.
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los puntos
obtenidos por aplicación de lo previsto en el párrafo anterior.
La fase de concurso supondrá una valoración máxima de 4 puntos de la puntuación total de la
fase de concurso-oposición.
7.2.2. Méritos valorables en la fase de concurso.
De conformidad con lo establecido en el artículo 50.3 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de
Coordinación de Policías Locales de Extremadura, o normativa que la sustituya, en todo caso
deberán incluirse como méritos valorables los siguientes:
a) Experiencia profesional. Representará hasta un máximo de 2,00 puntos de la
puntuación a obtener. Únicamente se valorarán meses completos, a razón de
0,0125 puntos por mes, hasta alcanzar la puntuación máxima. Para determinar
la puntuación obtenida se dividirá el número total de días prestados en cada
categoría por 30 días de cada mensualidad. En función de la categoría a la que se
refiere la promoción, la valoración de la experiencia profesional tendrá una
limitación de mensualidades en cada categoría anterior, conforme a la
baremación que se indica a continuación:
De Agente a Oficial: Máximo de 160 meses. Tratándose de Auxiliares de
Policía integrados en la categoría de Agente por aplicación de la
disposición transitoria primera de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de
Coordinación de Policías Locales de Extremadura, o normativa que la
sustituya, se tendrá en cuenta el tiempo de servicio prestado en aquella
categoría como si lo hubiera sido en la de Agente.
b) Formación académica. Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la
puntación a obtener en esta fase conforme se indica a continuación para cada
titulación académica con sus correspondientes equivalencias:
Doctorado: 0,4 puntos.
Grado: 0,3 puntos.
Técnico: 0,2 puntos.
Master: 0,1 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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