Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02388/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición por promoción interna, de una (1) plaza de Oficial de la Policía Local
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey
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en la categoría inmediatamente inferior a la de la plaza a la que se aspira, esto es, escala de
Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica,
categoría de Agente.
e) Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón de la edad.
f) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o haber finalizado los estudios y
abonado los derechos correspondientes para su obtención. En el caso de aportar un título
equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Consejo Nacional
de Educación, o cualquier otro órgano competente en la materia, que acredite la citada
equivalencia.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de
embarazo o parto.
h) Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en
impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente
que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la
realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente fase de
oposición. La presentación de este certificado no excluirá, en absoluto, las comprobaciones
posteriores que integran la prueba médica que forma parte del proceso de oposición.
El certificado médico citado debe presentarse el mismo día de realización de las pruebas físicas
a las que se hace mención en la base séptima, debiendo estar expedido dentro de los tres
meses inmediatamente anteriores a la fecha de realización de las pruebas.
i) No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en
virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de la función
pública, ni estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas.
j) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
k) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B.
2.2. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos y ser acreditados por el/la
aspirante el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias, a excepción del requisito previsto
en la letra k), que deberá acreditarse antes de la finalización del correspondiente curso selectivo de
formación.
Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de
posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados/as, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
3.- Solicitudes.
3.1. Para participar en el proceso selectivo se deberá seguir obligatoriamente el siguiente procedimiento:
Presentación a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, mediante instancia general y adjuntando el
modelo de solicitud de las presentes bases y la documentación requerida para participar en el presente
proceso: https://cabezadelbuey.sedelectronica.es.
3.2.1. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia del carné de conducir.
Fotocopia de la titulación requerida. En caso de que la fotocopia aportada no sea del
título propiamente dicho, se considerará válida la fotocopia de la certificación supletoria
del título si va acompañada de la copia del pago de las tasas de expedición del título
(con la validación mecánica o sello de la entidad bancaria correspondiente), sin que se
admita una de ellas sin la otra, ni ningún otro tipo de documentación.
Certificado de servicios prestados al Ayuntamiento de Cabeza del Buey (de oficio).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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en la categoría inmediatamente inferior a la de la plaza a la que se aspira, esto es, escala de
Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica,
categoría de Agente.
e) Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón de la edad.
f) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o haber finalizado los estudios y
abonado los derechos correspondientes para su obtención. En el caso de aportar un título
equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Consejo Nacional
de Educación, o cualquier otro órgano competente en la materia, que acredite la citada
equivalencia.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de
embarazo o parto.
h) Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en
impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente
que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la
realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente fase de
oposición. La presentación de este certificado no excluirá, en absoluto, las comprobaciones
posteriores que integran la prueba médica que forma parte del proceso de oposición.
El certificado médico citado debe presentarse el mismo día de realización de las pruebas físicas
a las que se hace mención en la base séptima, debiendo estar expedido dentro de los tres
meses inmediatamente anteriores a la fecha de realización de las pruebas.
i) No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en
virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de la función
pública, ni estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas.
j) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
k) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B.
2.2. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos y ser acreditados por el/la
aspirante el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias, a excepción del requisito previsto
en la letra k), que deberá acreditarse antes de la finalización del correspondiente curso selectivo de
formación.
Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de
posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados/as, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
3.- Solicitudes.
3.1. Para participar en el proceso selectivo se deberá seguir obligatoriamente el siguiente procedimiento:
Presentación a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, mediante instancia general y adjuntando el
modelo de solicitud de las presentes bases y la documentación requerida para participar en el presente
proceso: https://cabezadelbuey.sedelectronica.es.
3.2.1. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia del carné de conducir.
Fotocopia de la titulación requerida. En caso de que la fotocopia aportada no sea del
título propiamente dicho, se considerará válida la fotocopia de la certificación supletoria
del título si va acompañada de la copia del pago de las tasas de expedición del título
(con la validación mecánica o sello de la entidad bancaria correspondiente), sin que se
admita una de ellas sin la otra, ni ningún otro tipo de documentación.
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