Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2600)
BOP-2025-2600 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones, en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, a deportistas de la provincia de Cáceres.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida.
Los/las deportistas beneficiarios/as de la subvención estarán obligados/as a incorporar
la imagen corporativa de la Diputación de Cáceres en su indumentaria y en aquellas
publicaciones que realicen a través de sus perfiles de redes sociales. Cuando la
persona beneficiaria disfrutara de otras fuentes de financiación estando por ello
obligada a dar publicidad de esta circunstancia, los medios de difusión de la
subvención concedida, así como su relevancia, deberán ser análogos a los empleados
respecto a las otras fuentes de financiación.
Realizar la actividad deportiva objeto de la concesión de la subvención.
Justificar los gastos subvencionables en los términos establecidos en las Bases
Facilitar el ejercicio de control e inspección de la actividad realizada por parte de la
Diputación de Cáceres, tal y como se recoge en el Título III de la Ley 38/2003, General
de Subvenciones, y con especial mención de lo recogido en el artículo 46 sobre
obligación de colaboración.
Participar en aquellos actos o eventos de carácter social, cultural, turístico y/o
educativo que la Diputación Provincial de Cáceres promueva y le sean requeridos,
siempre que su calendario de competiciones y/o entrenamiento le permita.
BASE QUINTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN:
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es
https://sede.dip-caceres.es.
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a
través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga
que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las
partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se
formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el
Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de
CVE:
BOP-2025-2600
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12389
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Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida.
Los/las deportistas beneficiarios/as de la subvención estarán obligados/as a incorporar
la imagen corporativa de la Diputación de Cáceres en su indumentaria y en aquellas
publicaciones que realicen a través de sus perfiles de redes sociales. Cuando la
persona beneficiaria disfrutara de otras fuentes de financiación estando por ello
obligada a dar publicidad de esta circunstancia, los medios de difusión de la
subvención concedida, así como su relevancia, deberán ser análogos a los empleados
respecto a las otras fuentes de financiación.
Realizar la actividad deportiva objeto de la concesión de la subvención.
Justificar los gastos subvencionables en los términos establecidos en las Bases
Facilitar el ejercicio de control e inspección de la actividad realizada por parte de la
Diputación de Cáceres, tal y como se recoge en el Título III de la Ley 38/2003, General
de Subvenciones, y con especial mención de lo recogido en el artículo 46 sobre
obligación de colaboración.
Participar en aquellos actos o eventos de carácter social, cultural, turístico y/o
educativo que la Diputación Provincial de Cáceres promueva y le sean requeridos,
siempre que su calendario de competiciones y/o entrenamiento le permita.
BASE QUINTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN:
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es
https://sede.dip-caceres.es.
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a
través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga
que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las
partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se
formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el
Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
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