Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejón El Rubio. (BOP-2025-2727)
BOP-2025-2727 Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora del Servicio de Escuela Municipal de Educación Infantil.
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Ayuntamiento de Torrejón el Rubio
Ayuntamiento de Torrejón el Rubio
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— Interés superior de la niña y el niño.
— Protección a la infancia.
— Coeducación.
— Inclusión, entendido como respeto a la diversidad.
— Integración de todas las niñas y niños y sus familias en las Escuelas Infantiles.
— Participación de las familias en el proceso educativo.
— Cooperación con otras Administraciones, entidades y tejido asociativo.
— Innovación en los proyectos educativos que se desarrollan en las Escuelas Infantiles.
— Autonomía de las Escuelas en el desarrollo de su proyecto educativo.
— Solidaridad entendida como un sentimiento de unidad en la comunidad educativa y su entorno.
— Globalidad, una escuela por y para todos/todas.
— Distribución de los contenidos educativos en áreas correspondientes a ámbitos propios de la
experiencia y del desarrollo infantil y abordaje de los mismos por medio de actividades globalizadas
que tengan utilidad y significado para los niños.
— Fundamentación de los métodos de trabajo en las experiencias, las actividades y el juego y
aplicación de estos en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar la autoestima e integración
social de los niños y niñas.
ARTÍCULO 5. Contenido Educativo
El contenido educativo se elaborará por la administración educativa y se desarrollará y completará por
el centro docente en base a su autonomía pedagógica y será recogido en la propuesta pedagógica del
centro.
TÍTULO II. DEL CENTRO
ARTÍCULO 6. Personal del Centro
La Escuela Infantil Municipal dispondrán del personal municipal necesario, tanto educativo como de
servicios, para cubrir el horario completo de las escuelas y garantizar la seguridad y atención de los/las
menores.
ARTÍCULO 7. Requisitos mínimos de las instalaciones
Será responsabilidad del Ayuntamiento, que la Escuela Infantil reúna las condiciones higiénicas,
sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que sean exigidas por la
legislación vigente para la obtención de las correspondientes autorizaciones administrativas.
ARTÍCULO 8. Supervisión e inspección
El Ayuntamiento supervisará e inspeccionará el correcto funcionamiento de la Escuela Infantil
municipal, sin perjuicio de las competencias en esta materia que ostenta la Administración educativa.
Los centros deberán cumplir las normas de seguridad y las condiciones técnico-sanitarias de la
legislación vigente.
ARTÍCULO 9. Número de puestos escolares
CVE:
BOP-2025-2727
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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