Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2025-2814)
BOP-2025-2814 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen interno del Centro Residencial de Mayores.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Acehúche
prescripción médica.
4. LAVANDERÍA
Artículo 23. – Se seguirán y respetarán las siguientes normas:
• El cambio de sábanas se efectuará una vez por semana en las
habitaciones de autónomos, y cada vez que sea necesario por circunstancias puntuales,
(enfermedad..., etc.). Para la zona de dependientes dependerá de la necesidad del usuario.
• La ropa del residente será marcada con un número antes de ingresar
en el Centro. Este servicio no se hace responsable del extravío de las prendas que no estén
marcadas...
• No está permitido entregar para su lavado prendas ostensiblemente
estropeadas o injustificadamente sucias y se deberá renovar el vestuario cuando sea
necesario.
• Se establece como medida higiénica el cambio diario de ropa interior.
• Cuando el personal del Centro observe mala imagen en el/la residente
por estar mal vestido o aseado, con ropa sucia u en mal estado, se le indicará para que lo
corrija.
• La ropa para lavar se depositará en las zonas previamente indicadas al
efecto.
5. SERVICIO MÉDICO
Artículo 24. – Siempre que el estado físico de un residente lo exija, recibirá la visita del
médico de cabecera en su habitación, y además:
• Para los dependientes se modificará y establecerá entre el responsable
del Centro y el Médico de Cabecera, tal y como se establezca en el protocolo al efecto por el
Servicio Extremeño de Salud y el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y
Atención a la Dependencia.
• Los residentes deberán acudir a la consulta por sí mismos, siempre que
puedan hacerlo, en todo caso el Médico establecerá su dependencia física o psíquica.
• Cuando el residente necesite trasladarse a algún centro especializado,
deberá hacerlo por su cuenta o contar con la ayuda de sus familiares, pudiendo ofrecer el
responsable del centro la posibilidad de que ser acompañado por trabajadores del mismo.
En caso de no tener familia, y ser urgente su atención, un trabajador del Centro podrá
acompañarlo.
• Se prestará servicio de fisioterapia al residente, si tras la valoración
médica realizada por el médico y fisioterapeuta se considera necesario.
• Se implantará un sistema personalizado y permanentemente
actualizado que permita el control y administración de fármacos prescritos por el facultativo
correspondiente.
• Los familiares tanto para los autónomos, como para los dependientes
serán quienes se hagan cargo del residente si es hospitalizado.
• En caso de que el residente no disponga de cobertura sanitaria
(Seguridad Social, Aseguradora o Mutualidad, etc.), serán de su cuenta los gastos médicos
que precisa, transporte o ambulancia, gastos de internamiento en centros hospitalarios,
radiografías, consultas externas, etc., sin perjuicio de la atención médica continuada de la
que dispone el centro.
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
Cód.
Validación:
3L6Q4TA3K3WKFMKMDZQMW25RD
Verificación:
https://acehuche.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
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de
21
CVE:
BOP-2025-2814
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
Pág. 13346
prescripción médica.
4. LAVANDERÍA
Artículo 23. – Se seguirán y respetarán las siguientes normas:
• El cambio de sábanas se efectuará una vez por semana en las
habitaciones de autónomos, y cada vez que sea necesario por circunstancias puntuales,
(enfermedad..., etc.). Para la zona de dependientes dependerá de la necesidad del usuario.
• La ropa del residente será marcada con un número antes de ingresar
en el Centro. Este servicio no se hace responsable del extravío de las prendas que no estén
marcadas...
• No está permitido entregar para su lavado prendas ostensiblemente
estropeadas o injustificadamente sucias y se deberá renovar el vestuario cuando sea
necesario.
• Se establece como medida higiénica el cambio diario de ropa interior.
• Cuando el personal del Centro observe mala imagen en el/la residente
por estar mal vestido o aseado, con ropa sucia u en mal estado, se le indicará para que lo
corrija.
• La ropa para lavar se depositará en las zonas previamente indicadas al
efecto.
5. SERVICIO MÉDICO
Artículo 24. – Siempre que el estado físico de un residente lo exija, recibirá la visita del
médico de cabecera en su habitación, y además:
• Para los dependientes se modificará y establecerá entre el responsable
del Centro y el Médico de Cabecera, tal y como se establezca en el protocolo al efecto por el
Servicio Extremeño de Salud y el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y
Atención a la Dependencia.
• Los residentes deberán acudir a la consulta por sí mismos, siempre que
puedan hacerlo, en todo caso el Médico establecerá su dependencia física o psíquica.
• Cuando el residente necesite trasladarse a algún centro especializado,
deberá hacerlo por su cuenta o contar con la ayuda de sus familiares, pudiendo ofrecer el
responsable del centro la posibilidad de que ser acompañado por trabajadores del mismo.
En caso de no tener familia, y ser urgente su atención, un trabajador del Centro podrá
acompañarlo.
• Se prestará servicio de fisioterapia al residente, si tras la valoración
médica realizada por el médico y fisioterapeuta se considera necesario.
• Se implantará un sistema personalizado y permanentemente
actualizado que permita el control y administración de fármacos prescritos por el facultativo
correspondiente.
• Los familiares tanto para los autónomos, como para los dependientes
serán quienes se hagan cargo del residente si es hospitalizado.
• En caso de que el residente no disponga de cobertura sanitaria
(Seguridad Social, Aseguradora o Mutualidad, etc.), serán de su cuenta los gastos médicos
que precisa, transporte o ambulancia, gastos de internamiento en centros hospitalarios,
radiografías, consultas externas, etc., sin perjuicio de la atención médica continuada de la
que dispone el centro.
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
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Jueves, 5 de junio de 2025
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