Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2025-2814)
BOP-2025-2814 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen interno del Centro Residencial de Mayores.
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Ayuntamiento de Acehúche
Artículo 44.- El número de representantes será siempre impar.
Artículo 45.- El Consejo de Residentes, se entenderá válidamente constituido cuando se
encuentren presentes la mitad más uno de los miembros.
Artículo 46.- La convocatoria la realizará siempre el/la Presidente/a, con una antelación
mínima de cuarenta y ocho horas, a petición del cualquiera de las partes, señalando el
orden del día, lugar y hora de la reunión.
Artículo 47.- Los acuerdos, se podrán tomar por mayoría simple, decidiendo en caso de
empate el voto del Presidente/a.
Artículo 48.- Se levantará Acta de las sesiones, en las que figurará la constitución de la
mesa, los asistentes a la reunión, el desarrollo del orden del día y los acuerdos tomados.
Artículo 49.- Los usuarios/as también podrán participar mediante quejas, reclamaciones y
sugerencias a través de un buzón habilitado al efecto. Se confeccionarán hojas tipo, además
de las ya normalizadas por la Consejería.
Artículo 50.- Estas quejas, reclamaciones y sugerencias, serán estudiadas y estimadas por
el Consejo de Residentes y el/la Gerente del Centro, para tomar las resoluciones que
procedan.
TÍTULO VIII SISTEMA DE RECOGIDA DE SUGERENCIAS
Artículo 51 .– Buzón de sugerencias.
Se habilitará un sistema de recogida de reclamaciones, quejas y sugerencias.
Para ello se instalará un buzón en un lugar visible del Centro, donde los usuarios podrán
depositar las mismas. Éstas serán remitidas por el adjudicatario del servicio al Alcalde-
Presidente del Ayuntamiento, el cual adoptará la decisión procedente, oídas en su caso las
partes implicadas.
Cuando la queja afecta a más de un usuario o a la organización del Centro y la resolución
de la misma, requiera cierta complejidad, será convocada por el Director del Centro una
Asamblea General que tendrá como orden del día la problemática plantada.
Las reclamaciones, quejas y sugerencias, se efectuarán en hojas tipo, que el Centro
habilitará para tal fin.
TÍTULO IX INFRACCIONES Y SANCIONES
A) DE LAS INFRACCIONES.
Artículo 52. – Sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal, en que pudieran incurrir por
tales actos y omisiones exigibles ante los juzgados y tribunales correspondientes, los
residentes estarán sometidos también a las faltas y sanciones previstas en este
Reglamento.
La actuación anómala de los usuarios en el Centro o en las actividades desarrolladas por los
mismos, serán recogidas en el libro de incidencias habilitado para tal fin, donde se
recogerán diariamente por parte del personal responsable que trabaja en el mismo, con
indicación de algún testigo de los hechos, si lo hubiera.
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
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Jueves, 5 de junio de 2025
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