Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2025-2814)
BOP-2025-2814 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen interno del Centro Residencial de Mayores.
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Ayuntamiento de Acehúche
Artículo 53. – Son infracciones leves:
• Alterar las normas de convivencia y respeto mutuo creando en el centro
situaciones de malestar.
• Utilizar inadecuadamente las instalaciones y medios del Centro o
perturbar las actividades del mismo.
• Promover y participar en altercados, riñas, peleas de cualquier tipo,
con usuarios y /o personal del Centro, siempre que no deriven daños graves a terceros.
• Falta de respeto a otros usuarios o personal del Centro.
Artículo 54. – Son infracciones graves:
• La reiteración de tres faltas leves.
• El deterioro intencionado de las instalaciones o enseres del Centro.
• La sustracción de objetos propiedad de otros usuarios, de los
trabajadores o del Centro.
• No comunicar la ausencia del Centro, cuando ésta tenga una duración
superior a veinticuatro horas e inferior a cuatro días.
• Demora injustificada de un mes en el pago de la estancia.
• Reiteración en la falta de respeto a otros usuarios o personal del Centro.
• Utilizar aparatos o herramientas no autorizadas por las normas del
Centro.
• Falsear y/o ocultar datos en relación con el disfrute de cualquier
prestación o servicio.
• Falta de higiene y de limpieza.
• Alterar las normas de convivencia de forma habitual y permanente,
creando situaciones de malestar en el centro.
• Reiteración en la falta de respeto a otros usuarios o al personal del
centro.
Artículo 55. – Son infracciones muy graves:
• La reiteración de tres faltas graves.
• Agresión física o malos tratos graves a otros usuarios o personal del
Centro.
• La embriaguez habitual o consumo habitual de drogas.
• Demora injustificada de dos meses en el pago de las cuotas.
• No comunicar las ausencias del Centro residencial cuando ésta sea
superior a cuatro días.
• Ocasionar daños notorios y de gravedad en los bienes y equipos del
Centro o perjuicios notorios en la convivencia entre los residentes y/o usuarios.
B) DE LAS SANCIONES.
Artículo 56. – Sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar, las
sanciones que se podrían imponer a los usuarios que incurran en algunas de las faltas
mencionadas en el apartado anterior, serían las siguientes:
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
Cód.
Validación:
3L6Q4TA3K3WKFMKMDZQMW25RD
Verificación:
https://acehuche.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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19
de
21
CVE:
BOP-2025-2814
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
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