Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Deleitosa. (BOP-2025-2920)
BOP-2025-2920 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
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Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación
previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de
las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
TÍTULO I. NORMAS GENERALES
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal.
La Ordenanza incorpora los criterios orientadores de la Carta Europea de Autonomía Local en
relación con las colectividades contempladas en la legislación española de Régimen Local
previstas en los artículos 140 y 141 de la Constitución.
La presente Ordenanza se fundamente, con carácter general, en el artículo 84 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que las Entidades
Locales podrán intervenir en la actividad de los ciudadanos a través de Ordenanzas y Bandos.
Asimismo, esta Ordenanza se ha elaborado de acuerdo con la potestad municipal de tipificar
infracciones y sanciones que, con la finalidad de ordenar las relaciones de convivencia
ciudadana, se establece en los artículos 139 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
ARTÍCULO 2. Finalidad y Objeto.
Esta Ordenanza tiene por finalidad preservar el espacio público como lugar de convivencia y
civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre
circulación, ocio, encuentro y recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los
demás y a la pluralidad de expresiones culturales, políticas, lingüísticas y religiosas y de formas
de vida diversas existentes en el Municipio de Deleitosa.
La presente Ordenanza tiene por objeto ordenar aspectos básicos de la actividad ciudadana,
que garanticen el normal funcionamiento de la vida social del Municipio y velar por el
cumplimiento de las normas de convivencia, el respeto al medio ambiente y la salud pública, en
concreto:
—Regular la actuación municipal para la convivencia en comunidad.
CVE:
BOP-2025-2920
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de junio de 2025
N.º 0108
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