Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Deleitosa. (BOP-2025-2920)
BOP-2025-2920 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
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—Regular la actuación municipal respecto a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la
vía pública.
—Regular la actuación municipal respecto a la emisión de ruidos y vibraciones realizada por la
comunidad.
Asimismo, esta Ordenanza tiene por objeto la prevención de cualesquiera actuaciones
perturbadoras de la convivencia ciudadana y la protección, tanto de los bienes públicos de
titularidad municipal como de las instalaciones y elementos de Deleitosa que forman parte del
patrimonio urbanístico y arquitectónico del Municipio frente a las agresiones, alteraciones y/o
usos indebidos de que puedan ser objeto, la sanción de las conductas incívicas y la reparación
de los daños causados.
ARTÍCULO 3. Ámbito de Aplicación.
La presente Ordenanza es de aplicación en todo el término municipal de Deleitosa. La
ordenanza es de aplicación en todos los espacios públicos de la localidad (calles, vías de
circulación, aceras, plazas, espacios verdes, aparcamientos, así como construcciones,
instalaciones, mobiliario urbano y demás bienes y elementos de dominio público municipal
situados en aquéllos).
También están comprendidos en las medida de protección de la presente Ordenanza los
bienes e instalaciones de titularidad de otras Administraciones Públicas y entidades públicas o
privadas que forman parte del mobiliario urbano del Municipio de Deleitosa en cuanto están
destinados al público o constituyen equipamientos, instalaciones o elementos de un servicio
público, tales como: vehículos de transporte, bicicletas, aparcabicis, contenedores, vallas,
carteles, anuncios, señales de tráfico, quioscos, terrazas, toldos, jardineras y demás bienes de
la misma o semejante naturaleza.
La Ordenanza se aplicará a todas las personas que estén en el término municipal de Deleitosa,
sea cual sea su concreta situación jurídica administrativa.
También es aplicable a las conductas realizadas por los menores de edad en los términos y
con las consecuencias previstas en la presente Ordenanza y en el resto del Ordenamiento
Jurídico. En los supuestos en que así se prevea expresamente, los padres, tutores o
guardadores, también podrán ser considerados responsables de las infracciones cometidas por
los menores cuando concurra dolo, culpa o negligencia.
El término municipal de Deleitosa es el comprendido dentro de los límites señalados en las
correspondientes actas de delimitación y fijación.
CVE:
BOP-2025-2920
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de junio de 2025
N.º 0108
Pág. 13768
vía pública.
—Regular la actuación municipal respecto a la emisión de ruidos y vibraciones realizada por la
comunidad.
Asimismo, esta Ordenanza tiene por objeto la prevención de cualesquiera actuaciones
perturbadoras de la convivencia ciudadana y la protección, tanto de los bienes públicos de
titularidad municipal como de las instalaciones y elementos de Deleitosa que forman parte del
patrimonio urbanístico y arquitectónico del Municipio frente a las agresiones, alteraciones y/o
usos indebidos de que puedan ser objeto, la sanción de las conductas incívicas y la reparación
de los daños causados.
ARTÍCULO 3. Ámbito de Aplicación.
La presente Ordenanza es de aplicación en todo el término municipal de Deleitosa. La
ordenanza es de aplicación en todos los espacios públicos de la localidad (calles, vías de
circulación, aceras, plazas, espacios verdes, aparcamientos, así como construcciones,
instalaciones, mobiliario urbano y demás bienes y elementos de dominio público municipal
situados en aquéllos).
También están comprendidos en las medida de protección de la presente Ordenanza los
bienes e instalaciones de titularidad de otras Administraciones Públicas y entidades públicas o
privadas que forman parte del mobiliario urbano del Municipio de Deleitosa en cuanto están
destinados al público o constituyen equipamientos, instalaciones o elementos de un servicio
público, tales como: vehículos de transporte, bicicletas, aparcabicis, contenedores, vallas,
carteles, anuncios, señales de tráfico, quioscos, terrazas, toldos, jardineras y demás bienes de
la misma o semejante naturaleza.
La Ordenanza se aplicará a todas las personas que estén en el término municipal de Deleitosa,
sea cual sea su concreta situación jurídica administrativa.
También es aplicable a las conductas realizadas por los menores de edad en los términos y
con las consecuencias previstas en la presente Ordenanza y en el resto del Ordenamiento
Jurídico. En los supuestos en que así se prevea expresamente, los padres, tutores o
guardadores, también podrán ser considerados responsables de las infracciones cometidas por
los menores cuando concurra dolo, culpa o negligencia.
El término municipal de Deleitosa es el comprendido dentro de los límites señalados en las
correspondientes actas de delimitación y fijación.
CVE:
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N.º 0108
Pág. 13768