Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2025-2923)
BOP-2025-2923 Aprobación definitiva plan de igualdad y protocolo de acoso.
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1. INTRODUCCIÓN
Las desigualdades por razón de sexo responden a problemas estructurales que afectan
a toda la sociedad, por eso, los esfuerzos de las administraciones públicas para la
consecución de la igualdad real son fundamentales.
En este sentido, el Ayuntamiento de Guadalupe quiere mostrar su compromiso con la
igualdad y con la legislación vigente en nuestro país, elaborando este I Plan de
Igualdad dirigido a sus empleados y empleadas, que se desarrollará de 2024 a 2026,
y que tiene como finalidad evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres
y hombres que pudiera producirse en la entidad, así como impulsar un entorno laboral
en el que mujeres y hombres puedan desarrollarse profesional y personalmente en
condiciones justas y equilibradas.
2. MARCO LEGAL
Los recientes cambios legislativos han venido a amparar e impulsar la integración de la
igualdad en Administraciones públicas, tanto desde el punto de vista de su actividad,
determinando la incorporación transversal del principio de igualdad en todas sus
políticas, como desde el punto de vista de su funcionamiento, en calidad de entidades
empleadoras, determinando una serie de obligaciones de actuación en materia de
igualdad en el empleo público. Estas obligaciones aparecen recogidas en Artículo 51 de
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
así como en la Disposición Adicional Séptima del Estatuto Básico del Empleado Público,
modificada por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2023 (Disposición final vigésima cuarta).
También recientemente se ha desarrollado normativa específica relacionada con la
garantía de la libertad sexual y la integridad moral1
, que amplia y concreta las
obligaciones de las Administraciones públicas en relación con la prevención y actuación
ante situaciones de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
El presente plan se elabora en cumplimiento de esta normativa y con el propósito de
representar una mejora en la realidad de la entidad y de las mujeres y hombres que la
componen.
1
Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
CVE:
BOP-2025-2923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de junio de 2025
N.º 0108
Pág. 13801
1. INTRODUCCIÓN
Las desigualdades por razón de sexo responden a problemas estructurales que afectan
a toda la sociedad, por eso, los esfuerzos de las administraciones públicas para la
consecución de la igualdad real son fundamentales.
En este sentido, el Ayuntamiento de Guadalupe quiere mostrar su compromiso con la
igualdad y con la legislación vigente en nuestro país, elaborando este I Plan de
Igualdad dirigido a sus empleados y empleadas, que se desarrollará de 2024 a 2026,
y que tiene como finalidad evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres
y hombres que pudiera producirse en la entidad, así como impulsar un entorno laboral
en el que mujeres y hombres puedan desarrollarse profesional y personalmente en
condiciones justas y equilibradas.
2. MARCO LEGAL
Los recientes cambios legislativos han venido a amparar e impulsar la integración de la
igualdad en Administraciones públicas, tanto desde el punto de vista de su actividad,
determinando la incorporación transversal del principio de igualdad en todas sus
políticas, como desde el punto de vista de su funcionamiento, en calidad de entidades
empleadoras, determinando una serie de obligaciones de actuación en materia de
igualdad en el empleo público. Estas obligaciones aparecen recogidas en Artículo 51 de
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
así como en la Disposición Adicional Séptima del Estatuto Básico del Empleado Público,
modificada por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2023 (Disposición final vigésima cuarta).
También recientemente se ha desarrollado normativa específica relacionada con la
garantía de la libertad sexual y la integridad moral1
, que amplia y concreta las
obligaciones de las Administraciones públicas en relación con la prevención y actuación
ante situaciones de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
El presente plan se elabora en cumplimiento de esta normativa y con el propósito de
representar una mejora en la realidad de la entidad y de las mujeres y hombres que la
componen.
1
Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
CVE:
BOP-2025-2923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de junio de 2025
N.º 0108
Pág. 13801