Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-2931)
BOP-2025-2931 Bases reguladoras y convocatoria de ayudas Mínimos Vitales 2025.
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DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES
Avda de las Acacias, nº 8
927428537
10600 PLASENCIA (Caceres)
suministradora de la energía eléctrica, gas natural y/o agua potable, con excepción
del gas butano que se abonará al beneficiario directamente previa presentación de
la factura acreditativa del gasto así como las facturas de suministro eléctrico, gas
natural o propano y agua que se encuentren abonadas siempre que su fecha de
emisión corresponda al último trimestre de 2024 o al
2025, y sea acreditado correcta y fehacientemente el pago de las mismas por el
beneficiario.
En aquellas situaciones en que el ciudadano/as no abone directamente el gasto a la
empresa suministradora por tener domiciliado el pago en entidad financiera,
deberá devolver el recibo para que conste pendiente de pago. En las
situaciones en que la persona se encuentre en situación de alquiler y abone al
propietario de la vivienda el gasto de suministro, solamente se procederá a la
subvención siempre y cuando dicha factura no la tenga pagada el propietario/a de
la vivienda o bien se proceda a la devolución de la factura si existiera una
domiciliación.
2. En función del importe de la factura que se presente en la solicitud, el abono
puede ser único o fraccionado, realizándose este último en pagos periódicos a
medida que el beneficiario vaya presentando las facturas correspondientes,
hasta el pago total de la cuantía máxima a conceder. De realizarse pagos
periódicos, seguirá siendo necesario que el beneficiario solicite una nueva
ayuda, a la que sólo acompañará las facturas correspondientes para el pago y
una Declaración responsable de que continúa cumpliendo los requisitos que
dieron lugar a la concesión de la ayuda (Modelo Anexo y también se deberá
añadir una vida laboral del solicitante y demás miembros que convivan mayores
de 16 años.
11º.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA SOLICITAR LA AYUDA.
Se podrá eximir de solicitar al interesado aquellos documentos que ya obran
en el expediente del Servicio Social de Atención S. Básica, siempre y cuando no
haya variado la situación socio-familiar del interesado y no haya expirado el plazo
de vigencia de los documentos y nos conste la situación económica de los últimos
tres meses para calcular la carencia de ingresos económicos.
Las personas que no posean expediente en Servicios Sociales o habiéndolo
tenido no tengan actualizados sus datos deberán AUTORIZAR al
AYUNTAMIENTO para obtener de oficio los siguientes documentos de acuerdo al
Anexo III:
Nota informativa actualizada de empadronamiento y convivencia en el que
figure la antigüedad de inscripción en el Padrón Municipal de la persona solicitante.
CVE:
BOP-2025-2931
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de junio de 2025
N.º 0108
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