Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2025-2971)
BOP-2025-2971 Aprobación definitiva de las bases reguladoras que regirán las ayudas para garantizar a los/as ciudadanos/as el derecho al acceso de suministros Mínimos Vitales para el año 2025
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
1. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo que figura en el ANEXO I de la presente
convocatoria y se presentarán en el registro general del Ayuntamiento a través del
Servicio Social de Atención Social Básica.
2. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el B.O.P. de Cáceres y permanecerá abierto hasta
la extinción de la cuantía de la subvención concedida por la Junta de Extremadura, sin
que, en ningún caso el plazo de presentación exceda del 30 de noviembre.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI en vigor del solicitante y de todos los miembros de la unidad
de convivencia.
Certificado de convivencia.
Libro de familia.
Informe de vida laboral del solicitante y de todos los miembros de la unidad de
convivencia mayores de 16 años.
Nóminas de los últimos 3 meses anteriores a la solicitud de la ayuda de todos los
miembros de la unidad de convivencia que hayan trabajado en ese periodo.
Declaraciones trimestrales de ingresos (personas autónomas) y/o Declaración de
la renta, según proceda.
Certificado de prestaciones de la Seguridad Social de todos los miembros de la
unidad de convivencia.
Certificado de prestaciones del SEPE de todos los miembros de la unidad de
convivencia.
En su caso, justificante de gastos de hipoteca o alquiler (contrato y último recibo
bancario).
Certificado del Grado de Discapacidad emitido por el CADEX, de los miembros
de la unidad de convivencia que lo tengan reconocido.
Certificado del Grado de Dependencia emitido por el SEPAD, de los miembros
de la unidad de convivencia que lo tengan reconocido.
Modelo de Alta de Terceros.
4. Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá al interesado para que
subsane la solicitud o aporte la documentación necesaria en el plazo máximo de 10 días,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
SEXTA.- TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN.
1. Una vez completada la solicitud, desde el Servicio Social de Atención Social Básica
de este Ayuntamiento se procederá a su valoración y emisión de la correspondiente
propuesta de resolución.
2. La propuesta deberá indicar si el solicitante cumple los requisitos para ser
beneficiario y contener propuesta del importe de las ayudas a conceder.
3. La resolución definitiva será competencia de Alcaldía (de conformidad con el art. 5.2
de la Ordenanza) y le será notificada a la persona solicitante en el plazo máximo de 1
mes a contar desde la fecha de solicitud.
Cód.
Validación:
96NMG4NQL7LSW9N7GFYN9TDM3
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
12
CVE:
BOP-2025-2971
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de junio de 2025
N.º 0109
Pág. 13979
convocatoria y se presentarán en el registro general del Ayuntamiento a través del
Servicio Social de Atención Social Básica.
2. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el B.O.P. de Cáceres y permanecerá abierto hasta
la extinción de la cuantía de la subvención concedida por la Junta de Extremadura, sin
que, en ningún caso el plazo de presentación exceda del 30 de noviembre.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI en vigor del solicitante y de todos los miembros de la unidad
de convivencia.
Certificado de convivencia.
Libro de familia.
Informe de vida laboral del solicitante y de todos los miembros de la unidad de
convivencia mayores de 16 años.
Nóminas de los últimos 3 meses anteriores a la solicitud de la ayuda de todos los
miembros de la unidad de convivencia que hayan trabajado en ese periodo.
Declaraciones trimestrales de ingresos (personas autónomas) y/o Declaración de
la renta, según proceda.
Certificado de prestaciones de la Seguridad Social de todos los miembros de la
unidad de convivencia.
Certificado de prestaciones del SEPE de todos los miembros de la unidad de
convivencia.
En su caso, justificante de gastos de hipoteca o alquiler (contrato y último recibo
bancario).
Certificado del Grado de Discapacidad emitido por el CADEX, de los miembros
de la unidad de convivencia que lo tengan reconocido.
Certificado del Grado de Dependencia emitido por el SEPAD, de los miembros
de la unidad de convivencia que lo tengan reconocido.
Modelo de Alta de Terceros.
4. Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá al interesado para que
subsane la solicitud o aporte la documentación necesaria en el plazo máximo de 10 días,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
SEXTA.- TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN.
1. Una vez completada la solicitud, desde el Servicio Social de Atención Social Básica
de este Ayuntamiento se procederá a su valoración y emisión de la correspondiente
propuesta de resolución.
2. La propuesta deberá indicar si el solicitante cumple los requisitos para ser
beneficiario y contener propuesta del importe de las ayudas a conceder.
3. La resolución definitiva será competencia de Alcaldía (de conformidad con el art. 5.2
de la Ordenanza) y le será notificada a la persona solicitante en el plazo máximo de 1
mes a contar desde la fecha de solicitud.
Cód.
Validación:
96NMG4NQL7LSW9N7GFYN9TDM3
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
12
CVE:
BOP-2025-2971
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de junio de 2025
N.º 0109
Pág. 13979