Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2025-2980)
BOP-2025-2980 Bases convocatoria proceso selección dos plazas en la Oficina de Igualdad y Violencia de Género.
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Mancomunidad Integral de Municipios
Trasierra Tierras de Granadilla
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla.- Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Pantano de Gabriel y Galán (Cáceres)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
Real Decreto 901/2020 de 13 de octubre por el que se regulan los planes de
igualdad y su registro (Capítulos del I al IV)
Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre
mujeres y hombres (Capítulos del I al IV)
Convenio de la OIT sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190):
Definiciones, Ámbito de aplicación y Principios Generales
Convenio de Estambul: Capítulo I. Objetivos, definiciones, igualdad y no
discriminación, obligaciones generales
VI Plan Estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres de Extremadura
2023 - 2026.
Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no
discriminación. Título Preliminar y Título I.
Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad
sexual. Título Preliminar, Título II y Título IV.
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se
establece la convocatoria de las ayudas para facilitar la recuperación integral
de las mujeres víctimas de violencia de género.
Protocolo de actuación de servicio telefónico de Atención y Protección para
Víctimas de Violencia contra las Mujeres.
Recursos de la comarca de Trasierra Tierras de Granadilla
B.- Segunda Fase: Concurso de méritos:
La Comisión de Selección únicamente valorará aquellos méritos que estén
suficientemente acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, y de los candidatos/as que hayan superado la fase de oposición.
Los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos y alegados por las personas
aspirantes deberán estar relacionados con las funciones y tareas a desarrollar,
acreditándose mediante diploma, certificación de asistencia y/o certificación de
aprovechamiento, en los que deberán figurar necesariamente las horas lectivas de duración
de los mismos; asimismo, deberán de haber sido expedidos por entidades públicas.
La experiencia laboral será valorada a partir del correspondiente certificado de
empresa con especificación de los meses trabajados, la categoría profesional y ocupación
desarrollada, e informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería de la Seguridad Social, no
siendo válida la mera presentación de los contratos de trabajo. No será tenido en cuenta
ningún mérito que no esté debidamente documentado (para poder valorar la experiencia
laboral será necesario aportar contrato de trabajo, vida laboral y certificado de empresa)
1.Formación en cursos relacionados con las funciones y tareas del puesto a cubrir
(máximo 1,5 puntos)
Entre 50 y 100 horas: 0,20 puntos
Entre 101 y 200 horas: 0,40 puntos
Cursos de más de 200 horas: 0,50 puntos
CVE:
BOP-2025-2980
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de junio de 2025
N.º 0109
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