Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Galisteo. (BOP-2025-2988)
BOP-2025-2988 Aprobación definitiva Reglamento de la Sala Velatorio Municipal.
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c) Permanencia del cadáver en la Sala Velatorio (desde: fecha y hora; hasta: fecha y hora).
d) Tratamiento a que se ha sometido el cadáver.
e) Personal que lo ha practicado.
f) Responsable técnico de los tratamientos.
El Libro Registro de Servicios deberá diligenciarse por los/as Gerentes de Área que
corresponda de la Consejería de Sanidad y Dependencia, y permanecerá custodiado bajo la
responsabilidad del/a titular del establecimiento, pudiendo ser controlado en cualquier momento
a requerimiento de la inspección sanitaria.
ARTÍCULO 10. Personal del Servicio.
La plantilla para el personal para prestación del servicio de explotación de las instalaciones
será determinada por el/a adjudicatario/a, de modo que cubra todas las necesidades del
servicio. En todo caso se garantizará la prestación del servicio todos los días del año y en todo
momento que fuera requerido. El personal será contratado por el/a adjudicatario/a del servicio y
dependerá en su régimen laboral exclusivamente de aquél, sin que el Ayuntamiento asuma por
esta causa obligación alguna.
El/a adjudicatario/a deberá dotar a su personal de las prendas de trabajo y protección
adecuadas al servicio a prestar.
ARTÍCULO 11. Precio.
Los precios vigentes en cada momento para los distintos servicios deberán estar expuestos en
sitio visible en recepción. Asimismo, anunciarán la existencia de hojas de reclamaciones.
Los/as usuarios/as tendrán que abonar por la prestación del servicio las cantidades
económicas que se aprueben en la Ordenanza municipal correspondiente.
TÍTULO V. INSPECCIÓN Y CONTROL. INFRACCIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 12. Inspección y control.
Los servicios municipales ejercerán las funciones de inspección y control de la actividad. En el
ejercicio de sus funciones, el personal Inspector tendrá carácter de autoridad, debiendo
acreditar su identidad y en consecuencia podrán:
a) Acceder libremente a las instalaciones.
CVE:
BOP-2025-2988
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de junio de 2025
N.º 0110
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