Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2025-3054)
BOP-2025-3054 Aprobación definitiva del Programa de Gestión de Colonias Felinas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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P R O G R A M A D E G E S T I Ó N D E C O L O N I A S F E L I N A S
D E L A Y U N T A M I E N T O D E V I L L A N U E V A D E L A V E R A .
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La desparasitación frente a parásitos internos se realizará trimestralmente, y
en todo caso bajo criterio de un profesional veterinario colegiado, y frente a los
parásitos externos y en todo caso bajo criterio de un profesional veterinario
colegiado, mensualmente.
ARTÍCULO 5. Identificación y registro
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de
protección de los derechos y el bienestar de los animales, los gatos serán
identificados en el momento de su captura, esterilización y marcaje, mediante
microchip, registrados bajo la titularidad del Ayuntamiento.
Los datos relativos a los gatos de la colonia serán incluidos en un registro
creado al efecto, que deberá recogera los siguientes aspectos:
— Evaluación sanitaria: estado general, existencia de parásitos, etc.
— Colonia de procedencia
— Fecha captura, esterilización, marcaje y suelta.
— Imagen fotográfica de identificación del gato.
— Localización del marcaje auricular.
— Otras observaciones.
ARTÍCULO 6. Alimentación
Se colocarán un número de cinco a seis comederos y bebederos estancos
distribuidos en varios puntos discretos, de bajo impacto visual.
Se evitará el suministro de alimento cerca de centros docentes, centros
sanitarios, parques infantiles, solares o viviendas particulares, restaurantes y/o
bares y cafeterías o en la proximidad de vías de tráfico continuo o intenso.
Los gatos deben ser alimentados con pienso seco. El pienso húmedo podrá
ser suministrado para su captura o para tratamientos sanitarios. El alimento no se
dejará en el suelo y los restos de alimento serán limpiados, si es posible,
diariamente, con el fin de evitar riesgos sanitarios.
El suministro de alimento y agua se realizará diariamente en horario de de
20:00 a 8:00 en la cantidad necesaria para el número de gatos de la colonia. Para
CVE:
BOP-2025-3054
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
Pág. 14332
D E L A Y U N T A M I E N T O D E V I L L A N U E V A D E L A V E R A .
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La desparasitación frente a parásitos internos se realizará trimestralmente, y
en todo caso bajo criterio de un profesional veterinario colegiado, y frente a los
parásitos externos y en todo caso bajo criterio de un profesional veterinario
colegiado, mensualmente.
ARTÍCULO 5. Identificación y registro
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de
protección de los derechos y el bienestar de los animales, los gatos serán
identificados en el momento de su captura, esterilización y marcaje, mediante
microchip, registrados bajo la titularidad del Ayuntamiento.
Los datos relativos a los gatos de la colonia serán incluidos en un registro
creado al efecto, que deberá recogera los siguientes aspectos:
— Evaluación sanitaria: estado general, existencia de parásitos, etc.
— Colonia de procedencia
— Fecha captura, esterilización, marcaje y suelta.
— Imagen fotográfica de identificación del gato.
— Localización del marcaje auricular.
— Otras observaciones.
ARTÍCULO 6. Alimentación
Se colocarán un número de cinco a seis comederos y bebederos estancos
distribuidos en varios puntos discretos, de bajo impacto visual.
Se evitará el suministro de alimento cerca de centros docentes, centros
sanitarios, parques infantiles, solares o viviendas particulares, restaurantes y/o
bares y cafeterías o en la proximidad de vías de tráfico continuo o intenso.
Los gatos deben ser alimentados con pienso seco. El pienso húmedo podrá
ser suministrado para su captura o para tratamientos sanitarios. El alimento no se
dejará en el suelo y los restos de alimento serán limpiados, si es posible,
diariamente, con el fin de evitar riesgos sanitarios.
El suministro de alimento y agua se realizará diariamente en horario de de
20:00 a 8:00 en la cantidad necesaria para el número de gatos de la colonia. Para
CVE:
BOP-2025-3054
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
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