Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3085)
BOP-2025-3085 Convenio delegación de la competencia en materia de disciplina urbanística entre el Ayuntamiento de El Torno y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 188 relativo a la prejudicialidad, cuando en
la tramitación de uno de los procedimientos sancionadores por infracción urbanística objeto de la
delegación se desprendan indicios del carácter de delito del hecho, el órgano competente de la
Diputación Provincial, por sí o a propuesta de la persona instructora del expediente, lo pondrá en
conocimiento del Ministerio Fiscal. Dicha comunicación al ministerio fiscal será puesta en
conocimiento del ayuntamiento.
Los procedimientos en materia de las competencias delegadas que se hallaren en trámite
a la firma y entrada en vigor del presente Convenio, y que hubieran sido iniciados con
posterioridad al 30 de Junio de 2024, se tramitarán y resolverán por la Diputación Provincial de
Cáceres cuando así sea solicitado por el Ayuntamiento y expresamente aceptado por la
Diputación Provincial de Cáceres, previa comprobación y valoración de las circunstancias
concurrentes en el procedimiento concreto.
Igualmente, en los procedimientos que se encontraran en trámite a la firma del presente
convenio la Diputación Provincial de Cáceres llevará a cabo la medida de reposición de la realidad
física alterada dictada en procedimientos municipales por infracciones urbanísticas, cuando así
sea solicitado por el Ayuntamiento y expresamente aceptado por la Diputación Provincial de
Cáceres, previa comprobación y valoración de las circunstancias concurrentes en el procedimiento
concreto.
Por último, se delegan a favor de la Diputación Provincial de Cáceres las competencias
para la resolución de los recursos administrativos que puedan interponerse en el ejercicio de las
competencias delegadas en cuanto es contenido, de forma expresa, del acuerdo municipal de
delegación de competencias en materia de disciplina urbanística.
Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta
circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por el órgano delegante.
Para llevar a cabo el objeto del presente Convenio, las partes firmantes se comprometen a lo
siguiente:
1.- Ejercicio de las competencias delegadas.
La Diputación Provincial de Cáceres asume, con sus medios técnicos y humanos, el
ejercicio de las competencias de inspección urbanística, en el ámbito de la disciplina urbanística,
protección de la legalidad y sancionadoras en materia de urbanismo delegadas que serán llevadas
a cabo en los términos expuestos anteriormente.
El Ayuntamiento se compromete a remitir, sin dilación alguna, aquellas solicitudes,
denuncias, actas, informes o resoluciones relacionados con el ejercicio de las competencias
delegadas que sean recibidos o emitidos por el Ayuntamiento.
Asimismo, la actuación de la diputación provincial, también se podrá iniciar mediante
cualquier denuncia, solicitud, informe o resolución que reciba directamente y que no se haya
formulado ante el municipio, siempre que esté debidamente motivada y argumentada. En este
caso, la diputación pondrá en conocimiento del ayuntamiento el inicio de los procedimientos
correspondientes.
CVE:
BOP-2025-3085
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
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