Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-3090)
BOP-2025-3090 Aprobación definitiva Reglamento de uso del Gimnasio Municipal de Valdesalor.
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REGLAMENTO DE USO DEL GIMNASIO MUNICIPAL DE VALDESALOR.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La constitución Española establece en su artículo 43.3 d que es responsabilidad de
los poderes públicos la promoción de la educación física y el deporte, facilitando la
adecuada utilización del ocio.
La Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local regula entre las
competencias que le corresponden a los Municipios se encuentran las actividades o
instalaciones deportivas y la ocupación del tiempo libre.
Corresponde al Ayuntamiento de Cáceres a través de la Entidad Local de Valdesalor
el fomento de la actividad deportiva y del deporte entre su población. Para tal fin es
objeto de este reglamento establecer las condiciones de uso del gimnasio ubicado en
Valdesalor.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.-
ARTICULO 1.- El gimnasio municipal, ubicado en la Calle Alonso de Ojeda nº 1 de
Valdesalor, es un bien de dominio público, servicio público, destinado esencialmente
a los fines particulares del deporte y cuya gestión y titularidad tiene encomendada el
Ayuntamiento de Cáceres.
ARTICULO 2.- El presente reglamento tiene por objeto la formulación de un conjunto
de normas encaminadas a la planificación de actividades deportivas dentro del
gimnasio municipal, con el fin de alcanzar los siguientes beneficios:
a)Utilización racional y ordenada del gimnasio, garantizando a los ciudadanos en
igualdad de condiciones, al acceso a las instalaciones.
b)Aprovechamiento integral de los recursos disponibles.
c)Coordinación de esfuerzos y actividades.
d)Fácil control de las actividades.
ARTICULO 3.- En cualquier actividad que se desarrolle en el gimnasio, el
Ayuntamiento de Cáceres ejercerá la necesaria intervención administrativa, el control,
CVE:
BOP-2025-3090
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
Pág. 14446
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La constitución Española establece en su artículo 43.3 d que es responsabilidad de
los poderes públicos la promoción de la educación física y el deporte, facilitando la
adecuada utilización del ocio.
La Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local regula entre las
competencias que le corresponden a los Municipios se encuentran las actividades o
instalaciones deportivas y la ocupación del tiempo libre.
Corresponde al Ayuntamiento de Cáceres a través de la Entidad Local de Valdesalor
el fomento de la actividad deportiva y del deporte entre su población. Para tal fin es
objeto de este reglamento establecer las condiciones de uso del gimnasio ubicado en
Valdesalor.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.-
ARTICULO 1.- El gimnasio municipal, ubicado en la Calle Alonso de Ojeda nº 1 de
Valdesalor, es un bien de dominio público, servicio público, destinado esencialmente
a los fines particulares del deporte y cuya gestión y titularidad tiene encomendada el
Ayuntamiento de Cáceres.
ARTICULO 2.- El presente reglamento tiene por objeto la formulación de un conjunto
de normas encaminadas a la planificación de actividades deportivas dentro del
gimnasio municipal, con el fin de alcanzar los siguientes beneficios:
a)Utilización racional y ordenada del gimnasio, garantizando a los ciudadanos en
igualdad de condiciones, al acceso a las instalaciones.
b)Aprovechamiento integral de los recursos disponibles.
c)Coordinación de esfuerzos y actividades.
d)Fácil control de las actividades.
ARTICULO 3.- En cualquier actividad que se desarrolle en el gimnasio, el
Ayuntamiento de Cáceres ejercerá la necesaria intervención administrativa, el control,
CVE:
BOP-2025-3090
Verificable
en:
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Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
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