Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-3090)
BOP-2025-3090 Aprobación definitiva Reglamento de uso del Gimnasio Municipal de Valdesalor.
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la vigilancia y cuantas funciones impliquen ejercicio de autoridad y sean de su
competencia. Considerando que las instalaciones admiten un aforo límite de 8
personas, el Ayuntamiento podrá impedir el acceso a más usuarios y/o espectadores
una vez superado dicho aforo.
ARTICULO 4.- El Ayuntamiento de Cáceres no se hace responsable de las pérdidas,
sustracciones o deterioros de los objetos y enseres privados dentro del recinto. Se
recomienda no llevar objetos de valor.
ARTICULO 5.- Los usuarios tienen derecho a utilizar el gimnasio conforme a su
naturaleza, las actividades autorizadas, las normas federativas y las de esta
normativa que reglamenta su uso.
ARTICULO 6.- Cualquier usuario tiene derecho a formular las reclamaciones y
sugerencias que estimen oportunas, mediante la presentación de las mismas por
escrito dirigido a la Alcaldía.
CAPÍTULO II: NORMAS DE GESTIÓN.-
ARTÍCULO 7.- La solicitud del uso de la instalación se presentará previamente en el
Ayuntamiento de Cáceres o en el caso de gestión indirecta del servicio , directamente
en la empresa adjudicataria mediante hoja de inscripción debidamente
cumplimentada y firmada. En caso de menores de edad la firmará el padre/madre o
tutor.
El pago de las tasas se realizará por los interesados , conforme a lo establecido en la
Ordenanza Fiscal , con antelación a la fecha establecida para el comienzo de la
utilización. En el caso de gestión indirecta del servicio, el pago de la tasa se efectuará
directamente por el usuario al adjudicatario en la forma y plazos previstos en los
pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
Se entregará al usuario/a que cumplan los requisitos anteriores, el justificante o
documento acreditativo para poder acceder a dicha instalación por el tiempo que
figure en el mismo.
CAPÍTULO III : RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN DEL GIMNASIO.-
ARTICULO 8.- El gimnasio se regirá por las siguientes normas:
1º) Para poder acceder al gimnasio, el usuario debe encontrarse al corriente en el
pago de la tasa correspondiente.
CVE:
BOP-2025-3090
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
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