Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-3090)
BOP-2025-3090 Aprobación definitiva Reglamento de uso del Gimnasio Municipal de Valdesalor.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
2º) Por higiene será obligatorio el uso de toalla que se colocará sobre las máquinas
antes de utilizarlas, además, después de cada ejercicio el usuario limpiará bien la
máquina utilizada.
3º) Después de usar el material se dejará en su sitio de manera ordenada.
4º) Con carácter general, los menores de 12 años deberán acceder a las instalaciones
deportivas acompañados, en todo momento de persona mayor de edad que se
responsabilice de la guardia y custodia de aquéllos. Los menores que, por
prescripción médica necesiten el uso de las instalaciones, deberán presentar dicha
prescripción debidamente justificada y deberán estar supervisados por un monitor
deportivo.
5º) En el caso de que la persona usuaria sea menor de edad, y no se encuentre
legalmente emancipado/a, deberá aportar una autorización debidamente firmado por
el padre, la madre o el/la tutor/a legal del menor, la cual deberá ir acompañada de
una fotocopia del Documento Nacional de Identidad del padre, la madre o el/la tutor/a
legal del/la menor.
6º) Cuando el usuario de la instalación sea un menor, serán responsables de las
consecuencias de sus actos sus padres o tutores legales.
7º) Con carácter general la duración de las sesiones será de 60 minutos
aproximadamente.
8º) Ningún abonado podrá exceder más de 30 minutos en las máquinas de ejercicio
cardiovascular.
9º) No se permitirá la entrada de animales excepto perros lazarillos, siempre que
vayan debidamente identificados, estén realizando su labor y cumplan las condiciones
de higiene y seguridad.
10º) No se permite fumar ni comer dentro del recinto deportivo, ni introducir o utilizar
cualquier elemento de vidrio u otro material astillante o cortante.
11º) Para cualquier actividad deportiva, el vestuario mínimo constará de camiseta y/o
sudadera, pantalón y zapatillas de deporte, no pudiendo realizar actividad sin
camiseta.
12º) No está permitido utilizar calzado de calle en el gimnasio.
13º) Si un usuario padece algún tipo de enfermedad o patología, es obligatoria la
presentación de un informe médico de aptitud para el ejercicio. Si durante el tiempo
CVE:
BOP-2025-3090
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
Pág. 14448