Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-3097)
BOP-2025-3097 Bases 1 plaza de Agente de Policía Local por sistema de movilidad (concurso de méritos) - OEP 2024.
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5.8.- Todos los acuerdos de la Comisión de Valoración de selección se insertarán en la
página web del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, además del Tablón de Anuncios
de la Casa Consistorial.
5.9.- Las personas integrantes de la Comisión deberán abstenerse de formar parte,
notificándolo a la autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de
abstención señalada en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
5.10.- Las personas aspirantes podrán, en los casos señalados en el párrafo anterior,
promover la recusación de los miembros de la Comisión de valoración, para ello
dispondrán de un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la composición de
la citada Comisión. (Artículo 24.1 Ley 40/2015)
5.11- En todo lo no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación a las
Comisiones de Valoración lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo
I I del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y, supletoriamente, el Reglamento General de provisión de puestos
de trabajo y promoción profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
SEXTA.- Valoración del concurso
El proceso selectivo consistirá en una sola fase de concurso, en la que sólo podrán
valorarse los méritos que se posean antes de la finalización del plazo de presentación
de instancias.
6.1.- VALORACION DE MERITOS ALEGADOS Y PUNTUACION:
La puntuación máxima a obtener por los méritos alegados y documentados será de
10,50 puntos, que se valorarán con arreglo al siguiente baremo:
a) Experiencia profesional:
Representará hasta un máximo de 4 puntos de la puntuación total a obtener.
Unicamente se valorarán meses completos, a razón de 0,025 puntos por mes, hasta
alcanzar la puntuación máxima. Para determinar la puntuación obtenida, se dividirá el
número total de días prestados en cada categoría por 30 días de cada mensualidad.
En función de la categoría a la que se refiera el proceso, la valoración de la antigüedad
tendrá una limitación máxima de mensualidades a valorar en cada categoría
anteriormente desempeñada, conforme a la baremación que se indica a continuación:
• Categoría de Agente: máximo de 160 meses. Tratándose de Auxiliares de
Policía integrados en la categoría de Agente por aplicación de la disposición
transitoria primera de la Ley 7/2017, de 1 de agosto de Coordinación de
Policías Locales de Extremadura, o normativa que la sustituya, se tendrá en
cuenta el tiempo de servicio prestado en aquella categoría como si hubiera sido
en la de Agente.
CVE:
BOP-2025-3097
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
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5.8.- Todos los acuerdos de la Comisión de Valoración de selección se insertarán en la
página web del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, además del Tablón de Anuncios
de la Casa Consistorial.
5.9.- Las personas integrantes de la Comisión deberán abstenerse de formar parte,
notificándolo a la autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de
abstención señalada en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
5.10.- Las personas aspirantes podrán, en los casos señalados en el párrafo anterior,
promover la recusación de los miembros de la Comisión de valoración, para ello
dispondrán de un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la composición de
la citada Comisión. (Artículo 24.1 Ley 40/2015)
5.11- En todo lo no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación a las
Comisiones de Valoración lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo
I I del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y, supletoriamente, el Reglamento General de provisión de puestos
de trabajo y promoción profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
SEXTA.- Valoración del concurso
El proceso selectivo consistirá en una sola fase de concurso, en la que sólo podrán
valorarse los méritos que se posean antes de la finalización del plazo de presentación
de instancias.
6.1.- VALORACION DE MERITOS ALEGADOS Y PUNTUACION:
La puntuación máxima a obtener por los méritos alegados y documentados será de
10,50 puntos, que se valorarán con arreglo al siguiente baremo:
a) Experiencia profesional:
Representará hasta un máximo de 4 puntos de la puntuación total a obtener.
Unicamente se valorarán meses completos, a razón de 0,025 puntos por mes, hasta
alcanzar la puntuación máxima. Para determinar la puntuación obtenida, se dividirá el
número total de días prestados en cada categoría por 30 días de cada mensualidad.
En función de la categoría a la que se refiera el proceso, la valoración de la antigüedad
tendrá una limitación máxima de mensualidades a valorar en cada categoría
anteriormente desempeñada, conforme a la baremación que se indica a continuación:
• Categoría de Agente: máximo de 160 meses. Tratándose de Auxiliares de
Policía integrados en la categoría de Agente por aplicación de la disposición
transitoria primera de la Ley 7/2017, de 1 de agosto de Coordinación de
Policías Locales de Extremadura, o normativa que la sustituya, se tendrá en
cuenta el tiempo de servicio prestado en aquella categoría como si hubiera sido
en la de Agente.
CVE:
BOP-2025-3097
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
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