Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8402)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Unipublic, SAU, para la coordinación de las actuaciones en materia de seguridad con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Sábado 26 de abril de 2025

Categoría

Oficial de Policía.

Efectivos

Días

Sec. III. Pág. 57088

Importe

Euros

Total

Euros

8

23

83,63

15.387,92

Policía.

57

23

83,63

109.638,93

Total.

71

139.686,59

La partida presupuestaria en la que se imputará la compensación por exceso de
tiempo de servicio será 16.03.132A.150 Productividad.
El crédito total de dicha partida presupuestaria, en el presupuesto anual del
Servicio 03 «Dirección General de la Policía», viene establecido por la Dirección General
de Costes de Personal y Pensiones Públicas, por lo que ante cualquier incremento del
mismo, hay que solicitar previamente la autorización del incremento autorizado en el
Complemento de Productividad de la Dirección General de la Policía para el año
correspondiente a mencionada Dirección General de Costes.
El importe por la compensación por el exceso de tiempo de servicio, deberá de ser
ingresado en el Tesoro Público a favor de la Dirección General de la Policía por la
empresa Unipublic, en la cuenta que está establecida al efecto, mediante dos ingresos.
El primero de ellos, por importe de 100.000 euros antes de que se lleve a cabo el evento
deportivo; y otro posteriormente a la finalización de la misma, por el importe restante de
la compensación establecida, así como cualquier otro gasto que haya podido producirse.
Quinta.

Comisión Mixta de Seguimiento.

Por el presente convenio se crea una Comisión Mixta de Seguimiento, encargada de
resolver las cuestiones relativas a la interpretación y cumplimiento de los compromisos
derivados del convenio.
Estará compuesta por dos representantes, con sus respectivos suplentes, por cada
una de las partes firmantes. Por parte de la Dirección General de la Policía, serán
designados por su Director General, e igualmente, por parte de Unipublic por su Director
General, siendo presidida la misma por el más caracterizado de los nombrados por la
Dirección General de la Policía y actuando como Secretario el miembro que así sea
designado por Unipublic.
La comisión se reunirá, al menos, una vez al año, con carácter previo a la Vuelta,
para evaluar el cumplimiento del convenio y las posibles incidencias. Asimismo, se podrá
reunir, de forma extraordinaria, a petición de cualquiera de las partes.
Las decisiones adoptadas por la mencionada comisión serán vinculantes para las
partes y su incumplimiento tendrá los efectos de extinción del convenio contenidos en la
cláusula undécima.
El funcionamiento de la comisión se adecuará a lo dispuesto para los órganos
colegiados en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Legislación aplicable.

Este convenio queda sometido al régimen jurídico de los convenios, previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, teniendo naturaleza
administrativa.
Séptima. Vinculación entre las partes.
El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre las
partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del mismo.

cve: BOE-A-2025-8402
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.