Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-8706)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Jueves 1 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 58742

aducida, así como el dictamen de los Órganos Técnicos de la Administración Laboral,
Sanitaria o de los competentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030; y en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, respecto de la
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones del puesto en concreto.
4. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, aceptándose renuncias a las mismas
hasta el día previo a la fecha de publicación de la propuesta de adjudicación de plazas.
Tercera.

Baremo.

El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se
valorarán los méritos generales y, en la segunda, los méritos específicos adecuados a
las características del puesto.
Esta valoración se efectuará con el siguiente baremo:
Primera fase.
Antigüedad en la Administración: Se valorará por tiempo de servicios con un máximo
de 10 puntos, a razón de:
a) Por cada año de antigüedad en la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, como funcionario/a de carrera perteneciente a cuerpos o escalas de los
subgrupos A1/A2 comprendidos en el artículo 76 del EBEP: 2,5 puntos,
añadiéndose 0,21 puntos más por cada mes completo.
b) Por cada año de antigüedad en otras Administraciones Públicas, como
funcionario/a de carrera perteneciente a cuerpos o escalas de los subgrupos A1/A2
comprendidos en el artículo 76 del EBEP: 2 puntos, añadiéndose 0,16 puntos más por
cada mes completo.
Grado personal consolidado: máximo 10 puntos.
Superior o igual al nivel del puesto solicitado: 10 puntos.
Inferior en 1 o 2 niveles al del puesto solicitado: 8 puntos.
Inferior en 3 o más niveles: 6 puntos.
Trabajo desarrollado: Se valorará con un máximo de 10 puntos.
Nivel: Se valorará con un máximo de 2 puntos, el nivel del puesto de trabajo que se
ocupe con carácter definitivo, según los siguientes criterios:
– Por desempeñar un puesto de trabajo con nivel superior al puesto
convocado: 2 puntos.
– Por desempeñar un puesto de trabajo con nivel igual al puesto convocado: 1,5 puntos.
– Por desempeñar un puesto de trabajo con nivel inferior al puesto
convocado: 1 puntos.

Formación: Máximo 12 puntos.
Se valorarán la superación o impartición de aquellos cursos de formación y
perfeccionamiento, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de
las Administraciones Públicas, con el siguiente valor:
a) Los cursos incluidos en el anexo I de la presente convocatoria se valorarán con
un máximo de 2 puntos por curso realizado y 2,4 puntos por curso impartido.

cve: BOE-A-2025-8706
Verificable en https://www.boe.es

Experiencia: Se valorará con un máximo de 8 puntos, en puestos de trabajo
ocupados en los últimos cinco años, con similares funciones al puesto convocado.
Correspondiendo a 1,6 puntos por año de servicio.