Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-8706)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 58743
b) Aquellos cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las
funciones propias del puesto convocado, no incluidos en el anexo I de la presente
convocatoria, se valorarán a razón de 0,15 por hora lectiva, con un máximo
de 1,5 puntos por curso realizado.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los del
doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios, máster y similares.
Cada curso sólo podrá ser valorado una vez y no se podrán acumular la puntuación
como receptor e impartidor. En este caso, se otorgará la puntuación correspondiente a
curso impartido.
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral: Se valorará con un
máximo 10 puntos, para los siguientes supuestos:
– Destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública,
en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se
acceda desde municipio distinto: 2,5 puntos.
– El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o
acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que
se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite
una mejor atención del menor:
Por cada hijo/a: 2,5 puntos.
Por cada hijo/a discapacitado/a: 5 puntos.
– El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o
afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no
pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda
desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los
interesados que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar. La
valoración de este supuesto que, será incompatible con la otorgada por el cuidado de
hijos, será de 2,5 puntos.
La puntuación mínima para pasar a la segunda fase se establece en 24 puntos.
Segunda fase.
Méritos específicos. Para la valoración de los méritos específicos se tendrán en
cuenta el currículum vitae, la memoria presentada y la entrevista realizada al aspirante.
La puntuación máxima será de 48 puntos, con la siguiente distribución:
La puntuación mínima para superar la segunda fase se establece en 40 puntos.
Cuarta.
Procedimiento general de actuación.
a) Publicación de la lista del personal funcionario admitido y excluido. Plazo de
reclamación: cinco días hábiles.
b) Publicación de la lista definitiva del personal funcionario admitido.
c) Valoración y publicación por la Comisión de los méritos de los aspirantes
admitidos. Plazo de reclamación entre tres y cinco días hábiles.
d) Publicación de la propuesta de adjudicación de la plaza.
cve: BOE-A-2025-8706
Verificable en https://www.boe.es
– El currículum vitae, se valorará los méritos específicos determinados en el anexo I,
con un máximo de 20 puntos.
– La memoria en la que, con carácter general, analice las tareas, requisitos,
condiciones y medios necesarios para el desempeño del puesto solicitado se valorará
con un máximo de 10 puntos.
– La entrevista realizada al aspirante, se valorará con un máximo de 18 puntos.
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 58743
b) Aquellos cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las
funciones propias del puesto convocado, no incluidos en el anexo I de la presente
convocatoria, se valorarán a razón de 0,15 por hora lectiva, con un máximo
de 1,5 puntos por curso realizado.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los del
doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios, máster y similares.
Cada curso sólo podrá ser valorado una vez y no se podrán acumular la puntuación
como receptor e impartidor. En este caso, se otorgará la puntuación correspondiente a
curso impartido.
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral: Se valorará con un
máximo 10 puntos, para los siguientes supuestos:
– Destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública,
en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se
acceda desde municipio distinto: 2,5 puntos.
– El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o
acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que
se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite
una mejor atención del menor:
Por cada hijo/a: 2,5 puntos.
Por cada hijo/a discapacitado/a: 5 puntos.
– El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o
afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no
pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda
desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los
interesados que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar. La
valoración de este supuesto que, será incompatible con la otorgada por el cuidado de
hijos, será de 2,5 puntos.
La puntuación mínima para pasar a la segunda fase se establece en 24 puntos.
Segunda fase.
Méritos específicos. Para la valoración de los méritos específicos se tendrán en
cuenta el currículum vitae, la memoria presentada y la entrevista realizada al aspirante.
La puntuación máxima será de 48 puntos, con la siguiente distribución:
La puntuación mínima para superar la segunda fase se establece en 40 puntos.
Cuarta.
Procedimiento general de actuación.
a) Publicación de la lista del personal funcionario admitido y excluido. Plazo de
reclamación: cinco días hábiles.
b) Publicación de la lista definitiva del personal funcionario admitido.
c) Valoración y publicación por la Comisión de los méritos de los aspirantes
admitidos. Plazo de reclamación entre tres y cinco días hábiles.
d) Publicación de la propuesta de adjudicación de la plaza.
cve: BOE-A-2025-8706
Verificable en https://www.boe.es
– El currículum vitae, se valorará los méritos específicos determinados en el anexo I,
con un máximo de 20 puntos.
– La memoria en la que, con carácter general, analice las tareas, requisitos,
condiciones y medios necesarios para el desempeño del puesto solicitado se valorará
con un máximo de 10 puntos.
– La entrevista realizada al aspirante, se valorará con un máximo de 18 puntos.