Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8771)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Sexta.
Sec. II.B. Pág. 59619
Órgano técnico de selección.
6.1 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el órgano técnico de
selección velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
La composición del órgano técnico de selección de estas pruebas se ajustará a lo
dispuesto en la sección quinta del Reglamento de selección del personal técnico, de
gestión, y de administración y servicios de la Universitat de València, aprobado por
Acuerdo del Consell de Govern de esta Universitat, de 17 de diciembre de 2024
(ACGUV 371/2024). Se puede consultar este documento a través de este enlace:
https://webges.uv.es/uvTaeWeb/MuestraInformacionEdictoPublicoFrontAction.do?
idEdictoSeleccionado=76050
La relación nominal de las personas que lo integran se hará pública en la misma
resolución en que se publique la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
6.2 La composición del órgano técnico de selección deberá ajustarse al principio de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá, en su composición, a la
paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece el artículo 53 de
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres, el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
6.3 La presidencia del tribunal puede nombrar, cuando lo considere necesario,
personal asesor por sus conocimientos técnicos, con voz y sin voto.
6.4 Será de aplicación a los miembros del órgano técnico de selección, y al
personal asesor, si lo hubiese, lo dispuesto en el Acuerdo del Consell de Govern de la
Universitat de València (ACGUV 303/2021) que aprueba la Hoja de ruta sobre las
medidas de integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y
los conflictos de interés.
A tal efecto, deberán rellenar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto
de interés (DACI), que será adjuntada al acta de constitución del tribunal, estas
declaraciones formarán parte del expediente administrativo. Se dispondrá de un modelo
normalizado por la Universitat en la siguiente página web:
6.5 Las personas que componen el órgano técnico de selección, así como el
personal colaborador, especialista y ayudante, deberán abstenerse de intervenir en las
actividades del tribunal cuando se encuentren en alguna de las circunstancias previstas
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, o si han realizado tareas de preparación de personas opositoras a
pruebas selectivas para el mismo cuerpo o escala en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
6.6 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el órgano técnico de
selección, que exige la presencia de la totalidad de las personas que lo componen.
Las personas titulares que no concurran al acto de constitución cesarán y serán
sustituidas por sus suplentes.
Durante el proceso selectivo, el órgano técnico de selección resolverá todas las
dudas que puedan surgir sobre la aplicación de estas normas, así como lo que se deba
hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del órgano técnico de selección se ajustará en todo
momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
6.7 El órgano técnico de selección adoptará las medidas necesarias para que las
personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas condiciones para la realización
cve: BOE-A-2025-8771
Verificable en https://www.boe.es
https://www.uv.es/uvweb/servei-recursos-humans-pas/ca/personal-tecnicadministracio/mesures-prevencio-conflicte-interessos-1286242272765.html
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Sexta.
Sec. II.B. Pág. 59619
Órgano técnico de selección.
6.1 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el órgano técnico de
selección velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
La composición del órgano técnico de selección de estas pruebas se ajustará a lo
dispuesto en la sección quinta del Reglamento de selección del personal técnico, de
gestión, y de administración y servicios de la Universitat de València, aprobado por
Acuerdo del Consell de Govern de esta Universitat, de 17 de diciembre de 2024
(ACGUV 371/2024). Se puede consultar este documento a través de este enlace:
https://webges.uv.es/uvTaeWeb/MuestraInformacionEdictoPublicoFrontAction.do?
idEdictoSeleccionado=76050
La relación nominal de las personas que lo integran se hará pública en la misma
resolución en que se publique la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
6.2 La composición del órgano técnico de selección deberá ajustarse al principio de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá, en su composición, a la
paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece el artículo 53 de
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres, el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
6.3 La presidencia del tribunal puede nombrar, cuando lo considere necesario,
personal asesor por sus conocimientos técnicos, con voz y sin voto.
6.4 Será de aplicación a los miembros del órgano técnico de selección, y al
personal asesor, si lo hubiese, lo dispuesto en el Acuerdo del Consell de Govern de la
Universitat de València (ACGUV 303/2021) que aprueba la Hoja de ruta sobre las
medidas de integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y
los conflictos de interés.
A tal efecto, deberán rellenar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto
de interés (DACI), que será adjuntada al acta de constitución del tribunal, estas
declaraciones formarán parte del expediente administrativo. Se dispondrá de un modelo
normalizado por la Universitat en la siguiente página web:
6.5 Las personas que componen el órgano técnico de selección, así como el
personal colaborador, especialista y ayudante, deberán abstenerse de intervenir en las
actividades del tribunal cuando se encuentren en alguna de las circunstancias previstas
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, o si han realizado tareas de preparación de personas opositoras a
pruebas selectivas para el mismo cuerpo o escala en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
6.6 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el órgano técnico de
selección, que exige la presencia de la totalidad de las personas que lo componen.
Las personas titulares que no concurran al acto de constitución cesarán y serán
sustituidas por sus suplentes.
Durante el proceso selectivo, el órgano técnico de selección resolverá todas las
dudas que puedan surgir sobre la aplicación de estas normas, así como lo que se deba
hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del órgano técnico de selección se ajustará en todo
momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
6.7 El órgano técnico de selección adoptará las medidas necesarias para que las
personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas condiciones para la realización
cve: BOE-A-2025-8771
Verificable en https://www.boe.es
https://www.uv.es/uvweb/servei-recursos-humans-pas/ca/personal-tecnicadministracio/mesures-prevencio-conflicte-interessos-1286242272765.html