Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8771)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 59620
de los ejercicios que el resto de las personas participantes. En este sentido, se
establecerán las adaptaciones posibles de tiempo y medios para las personas aspirantes
que lo soliciten de acuerdo con la base 3.7.
6.8 Para las comunicaciones y el resto de las incidencias que puedan surgir, el
órgano técnico de selección tendrá su sede en el Rectorado de la Universitat de València
(Av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).
6.9 Las personas que formen parte del órgano técnico de selección que actúe en
estas pruebas tendrán la categoría que para estos casos determine la legislación
vigente.
6.10 En ningún caso el órgano técnico de selección podrá aprobar ni declarar que
ha superado las pruebas selectivas un número de personas superior al de los puestos
convocados. Cualquier propuesta que contravenga lo que se ha establecido será nula de
pleno derecho.
6.11 La presidencia del órgano técnico de selección adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin
conocimiento de la identidad de las personas aspirantes, en aquellos ejercicios que sea
procedente.
Séptima. Información y actuaciones del órgano técnico de selección.
7.1 Toda la información que se deba comunicar a las personas aspirantes, la lista
de personas aprobadas en cada ejercicio, la valoración de los méritos y cualquier otro
anuncio que el órgano técnico de selección estime pertinente, se publicará en el tablón
oficial de anuncios de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de
personal de administración y servicios y, con carácter meramente informativo, en la
página web del Servei de Recursos Humans (PTGAS-PI), cuya dirección es: https://
www.uv.es/pas
7.2 De acuerdo con el método establecido en la base 1.4 de esta convocatoria,
se procederá a obtener la lista de personas aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
Posteriormente, se elaborará la lista definitiva de personas aprobadas por el tribunal.
Esta lista se elaborará siguiendo el siguiente procedimiento:
En primer lugar, se incorporarán las personas aprobadas por el sistema de oposición
y, seguidamente, se incorporarán las personas aprobadas por el sistema de concursooposición. Esta lista se interrumpirá cuando el número de personas aprobadas por cada
sistema coincida con el número de puestos convocados para cada sistema.
Para aquellas personas que hayan superado el proceso selectivo y hayan obtenido
puesto vacante según las normas establecidas en esta convocatoria, la elección de
puesto seguirá el mismo orden que el indicado para la lista de personas aprobadas;
es decir, primero elegirán las personas que hayan obtenido puesto por el sistema de
oposición y después los que lo hayan hecho por el sistema de concurso-oposición.
7.3 Si en la elaboración de la citada lista –respetando los criterios de cada sistema;
se produjese un empate entre la puntuación de las personas aprobadas, el orden se
establecerá de la manera siguiente:
En caso de empate entre las personas aprobadas por el sistema de oposición:
1.º La puntuación obtenida en el ejercicio práctico.
2.º Si continua el empate, la puntuación obtenida en el primer ejercicio.
3.º Si continua el empate, el nivel de conocimiento de valenciano.
4.º Si continua el empate, el nivel de conocimiento de inglés.
5.º Si continua el empate, el nivel de conocimiento de otros idiomas comunitarios,
según el baremo de la fase de concurso-oposición correspondiente a la escala y sin
limitación de la puntuación máxima.
cve: BOE-A-2025-8771
Verificable en https://www.boe.es
a)
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
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de los ejercicios que el resto de las personas participantes. En este sentido, se
establecerán las adaptaciones posibles de tiempo y medios para las personas aspirantes
que lo soliciten de acuerdo con la base 3.7.
6.8 Para las comunicaciones y el resto de las incidencias que puedan surgir, el
órgano técnico de selección tendrá su sede en el Rectorado de la Universitat de València
(Av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).
6.9 Las personas que formen parte del órgano técnico de selección que actúe en
estas pruebas tendrán la categoría que para estos casos determine la legislación
vigente.
6.10 En ningún caso el órgano técnico de selección podrá aprobar ni declarar que
ha superado las pruebas selectivas un número de personas superior al de los puestos
convocados. Cualquier propuesta que contravenga lo que se ha establecido será nula de
pleno derecho.
6.11 La presidencia del órgano técnico de selección adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin
conocimiento de la identidad de las personas aspirantes, en aquellos ejercicios que sea
procedente.
Séptima. Información y actuaciones del órgano técnico de selección.
7.1 Toda la información que se deba comunicar a las personas aspirantes, la lista
de personas aprobadas en cada ejercicio, la valoración de los méritos y cualquier otro
anuncio que el órgano técnico de selección estime pertinente, se publicará en el tablón
oficial de anuncios de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de
personal de administración y servicios y, con carácter meramente informativo, en la
página web del Servei de Recursos Humans (PTGAS-PI), cuya dirección es: https://
www.uv.es/pas
7.2 De acuerdo con el método establecido en la base 1.4 de esta convocatoria,
se procederá a obtener la lista de personas aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
Posteriormente, se elaborará la lista definitiva de personas aprobadas por el tribunal.
Esta lista se elaborará siguiendo el siguiente procedimiento:
En primer lugar, se incorporarán las personas aprobadas por el sistema de oposición
y, seguidamente, se incorporarán las personas aprobadas por el sistema de concursooposición. Esta lista se interrumpirá cuando el número de personas aprobadas por cada
sistema coincida con el número de puestos convocados para cada sistema.
Para aquellas personas que hayan superado el proceso selectivo y hayan obtenido
puesto vacante según las normas establecidas en esta convocatoria, la elección de
puesto seguirá el mismo orden que el indicado para la lista de personas aprobadas;
es decir, primero elegirán las personas que hayan obtenido puesto por el sistema de
oposición y después los que lo hayan hecho por el sistema de concurso-oposición.
7.3 Si en la elaboración de la citada lista –respetando los criterios de cada sistema;
se produjese un empate entre la puntuación de las personas aprobadas, el orden se
establecerá de la manera siguiente:
En caso de empate entre las personas aprobadas por el sistema de oposición:
1.º La puntuación obtenida en el ejercicio práctico.
2.º Si continua el empate, la puntuación obtenida en el primer ejercicio.
3.º Si continua el empate, el nivel de conocimiento de valenciano.
4.º Si continua el empate, el nivel de conocimiento de inglés.
5.º Si continua el empate, el nivel de conocimiento de otros idiomas comunitarios,
según el baremo de la fase de concurso-oposición correspondiente a la escala y sin
limitación de la puntuación máxima.
cve: BOE-A-2025-8771
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