Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Voleibol. Estatutos. (BOE-A-2025-8779)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Voleibol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Viernes 2 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 59713

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
8779

Resolución de 21 de abril de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación
Española de Voleibol.

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 5 de febrero de 2025, ratificó la modificación de los Estatutos de la Real
Federación Española de Voleibol, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de
Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022 de 30 de
diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991 de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Real Federación Española de Voleibol, contenidos en el anexo a la presente resolución.
Madrid, 21 de abril de 2025.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Voleibol
TÍTULO I
Disposiciones generales
CAPÍTULO I
Denominación, naturaleza, domicilio y régimen jurídico

1. La Real Federación Española de Voleibol –en lo sucesivo, RFEVB– es una
entidad de naturaleza asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro y declarada de
Utilidad Pública, que se rige por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, por los
presentes Estatutos y demás disposiciones que los desarrollen, así como por los
acuerdos que sean adoptados válidamente por sus Órganos de Gobierno y
Representación.
2. La RFEVB goza de personalidad jurídica propia, patrimonio propio e
independiente del de sus asociados y de plena capacidad de obrar para el desarrollo de
sus competencias en todo el territorio español.
3. La RFEVB está afiliada a la Federación Internacional de Voleibol (FIVB) e
integrada en la Confederación Europea de Voleibol (CEV) y en la Asociación Zonal de
Voleibol de Europa Occidental (WEVZA), a las que pertenece como miembro, aceptando
y obligándose a cumplir sus Estatutos y Reglamentos, así como sus decisiones,
respetando el ordenamiento jurídico español. La RFEVB está asimismo afiliada al Comité
Olímpico Español.
4. La RFEVB tiene su domicilio en Madrid, en la calle Augusto Figueroa, número 3,
piso 2.º Para trasladar este domicilio se precisará el acuerdo de la Asamblea General en

cve: BOE-A-2025-8779
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.