Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-8784)
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 22 de abril de 2025, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2025 de los créditos asignados a: desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres y la atención a las hijas e hijos menores de edad; implementación de la Propuesta Común para la Mejora de la Coordinación y desarrollo de planes personalizados; programas para el apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales; programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 59775

ANEXO
Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad por el que se fijan los criterios de
distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2025 del crédito
de 8.500.000 euros para el desarrollo de programas y la prestación de servicios
que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las mujeres víctimas de
violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres y la atención a
las hijas e hijos menores de edad; del crédito de 1.000.000 euros para implementar
la propuesta común para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes
personalizados; del crédito de 9.500.000 euros para programas para el apoyo a
víctimas de agresiones y/o abusos sexuales, así como del crédito de 800.000 euros
para programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas
La violencia contra las mujeres constituye una vulneración de sus derechos humanos
y libertades fundamentales y es la manifestación más extrema del sexismo, de la
desigualdad causada por las relaciones de poder históricamente desiguales entre
mujeres y hombres, que impide la efectiva realización de la igualdad y el pleno avance
de las mujeres. Su erradicación junto con la atención, protección y recuperación de sus
víctimas son una prioridad del Gobierno, un elemento central del Estado Social y
Democrático de Derecho, que cumple con los compromisos internacionales asumidos
por España.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género, enmarca la actuación de los poderes públicos contra la
violencia que se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus
cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de
afectividad, aun sin convivencia. Asimismo, garantiza, en su artículo 19, a todas las
mujeres víctimas de violencia de género el derecho a la asistencia social integral, con
independencia del origen, religión o cualquier otra circunstancia personal o social. Este
derecho comprende el derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de
apoyo y acogida y de recuperación integral, cuya organización responderá a los
principios de atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y
multidisciplinariedad profesional. Además, las hijas e hijos menores de edad que se
encuentren bajo la patria potestad o guarda y custodia de la mujer víctima de violencia
de género son titulares de este derecho. Las comunidades autónomas y ciudades de
Ceuta y Melilla tienen competencias atribuidas para la organización de los servicios que
garanticen este derecho.
A fin de apoyar financieramente a las comunidades autónomas, se distribuye la
dotación presupuestaria 30.03.232C.450, para transferencias a las comunidades
autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para la asistencia social integral a las
víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres, incluidos
las hijas e hijos y las menores a su cargo, por un importe de 8.500.000 euros.
Además, en la misma línea, se distribuye la dotación presupuestaria 30.03.232C.451,
para transferencias a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para
la implementación de la Propuesta Común de Mejora de la Coordinación y puesta en
marcha de planes personalizados de atención a las víctimas de violencia de género, por
un importe de 1.000.000 euros.
La Propuesta Común incluye, entre otras, medidas para promover la adopción a nivel
autonómico de un protocolo de coordinación interinstitucional contra la violencia de
género; impulsar la adopción de protocolos de actuación a nivel autonómico que
concreten las previsiones de los existentes en el nivel estatal; fomentar la elaboración de
mapas de recursos y servicios y promover el establecimiento de una red autonómica que
incluya todos los recursos y servicios para la atención de las mujeres víctimas de la
violencia de género y de sus hijas e hijos menores de edad.
Por otra parte, entre las formas de violencia contra la mujer por razón de género en
atención a su prevalencia y a sus consecuencias en las mujeres que la sufren, la
violencia sexual debe ser objeto de prevención, así como de atención y asistencia a las

cve: BOE-A-2025-8784
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Núm. 106