Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-8784)
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 22 de abril de 2025, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2025 de los créditos asignados a: desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres y la atención a las hijas e hijos menores de edad; implementación de la Propuesta Común para la Mejora de la Coordinación y desarrollo de planes personalizados; programas para el apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales; programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59776
víctimas. El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la
violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo
de 2011, y ratificado por España en 2014, insta a los Estados Parte a concebir un marco
global, políticas y medidas de protección y asistencia a todas las víctimas de violencia
contra la mujer, incluida la violencia sexual, la violación y el acoso sexual. En concreto,
insta a tomar las medidas legislativas como es el caso de la Ley Orgánica 10/2022, de 6
septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, promovida por el Ministerio de
Igualdad u otras necesarias para concebir medidas de protección y asistencia a todas las
víctimas, y para promover la creación de centros de ayuda de emergencia para las
víctimas de violaciones y de violencias sexuales, apropiados, fácilmente accesibles y en
número suficiente, para realizarles un reconocimiento médico y médico forense, y
ofrecerles apoyo y consejos en relación con los daños y traumas sufridos.
A este fin, se realiza la distribución de la aplicación presupuestaria 30.03.232C.455,
para transferencias a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para
programas para el apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales, por un importe
de 9.500.000 euros.
Por último, se distribuye la dotación presupuestaria 30.03.232C.456, para
transferencias a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para la
implementación de programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas,
por un importe de 800.000 euros.
Este crédito está destinado a la implementación de algunas de las medidas de
implementación inmediata comprendidas en el Plan de acción contra la explotación
sexual de niñas, niños y adolescentes del sistema de protección a la infancia, aprobado
en el Pleno de la Conferencia Sectorial Extraordinaria conjunta de igualdad y de infancia
y adolescencia, celebrado el 5 de mayo de 2022. Con estos fondos se da cumplimiento a
algunos compromisos internacionales asumidos por España, en particular, en el
Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos
(Convenio de Varsovia, 2005), complementando las acciones formativas que ya realizan
las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para formación
especializada para la mejora de la prevención y la detección de la explotación sexual.
La ejecución de estos créditos se fundamenta en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que establece que la Conferencia Sectorial
correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución, así como las
distribuciones resultantes, de los créditos destinados al cumplimiento de planes y
programas conjuntos referidos a competencias de las comunidades autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2, regla tercera, de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, la propuesta de distribución territorial de créditos, cuenta con el
preceptivo informe favorable del Ministerio de Hacienda, previsto en el artículo 20.3 de la
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, en relación con las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla
incumplidoras del objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de la regla
de gasto. Este informe ha sido emitido el 27 de febrero de 2025.
De conformidad con lo previsto en el artículo 86.2, regla segunda, letra a), de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, al ser el importe total a distribuir superior a los 12
millones de euros, se ha recabado la autorización del Consejo de Ministros con carácter
previo a la convocatoria de la Conferencia Sectorial. Dicha autorización no conlleva la
aprobación del gasto, que corresponde realizar al órgano competente del Ministerio de
Igualdad con carácter previo a la celebración de la Conferencia Sectorial.
En virtud de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el 15 de
abril de 2025, a propuesta de la Ministra de Igualdad, ha aprobado el «Acuerdo por el
que se autoriza la propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas
y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de
Igualdad, de los créditos consignados en el presupuesto de gastos de la Delegación del
Gobierno contra la Violencia de Género, por importe de 19.800.000 de euros».
cve: BOE-A-2025-8784
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59776
víctimas. El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la
violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo
de 2011, y ratificado por España en 2014, insta a los Estados Parte a concebir un marco
global, políticas y medidas de protección y asistencia a todas las víctimas de violencia
contra la mujer, incluida la violencia sexual, la violación y el acoso sexual. En concreto,
insta a tomar las medidas legislativas como es el caso de la Ley Orgánica 10/2022, de 6
septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, promovida por el Ministerio de
Igualdad u otras necesarias para concebir medidas de protección y asistencia a todas las
víctimas, y para promover la creación de centros de ayuda de emergencia para las
víctimas de violaciones y de violencias sexuales, apropiados, fácilmente accesibles y en
número suficiente, para realizarles un reconocimiento médico y médico forense, y
ofrecerles apoyo y consejos en relación con los daños y traumas sufridos.
A este fin, se realiza la distribución de la aplicación presupuestaria 30.03.232C.455,
para transferencias a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para
programas para el apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales, por un importe
de 9.500.000 euros.
Por último, se distribuye la dotación presupuestaria 30.03.232C.456, para
transferencias a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para la
implementación de programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas,
por un importe de 800.000 euros.
Este crédito está destinado a la implementación de algunas de las medidas de
implementación inmediata comprendidas en el Plan de acción contra la explotación
sexual de niñas, niños y adolescentes del sistema de protección a la infancia, aprobado
en el Pleno de la Conferencia Sectorial Extraordinaria conjunta de igualdad y de infancia
y adolescencia, celebrado el 5 de mayo de 2022. Con estos fondos se da cumplimiento a
algunos compromisos internacionales asumidos por España, en particular, en el
Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos
(Convenio de Varsovia, 2005), complementando las acciones formativas que ya realizan
las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para formación
especializada para la mejora de la prevención y la detección de la explotación sexual.
La ejecución de estos créditos se fundamenta en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que establece que la Conferencia Sectorial
correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución, así como las
distribuciones resultantes, de los créditos destinados al cumplimiento de planes y
programas conjuntos referidos a competencias de las comunidades autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2, regla tercera, de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, la propuesta de distribución territorial de créditos, cuenta con el
preceptivo informe favorable del Ministerio de Hacienda, previsto en el artículo 20.3 de la
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, en relación con las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla
incumplidoras del objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de la regla
de gasto. Este informe ha sido emitido el 27 de febrero de 2025.
De conformidad con lo previsto en el artículo 86.2, regla segunda, letra a), de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, al ser el importe total a distribuir superior a los 12
millones de euros, se ha recabado la autorización del Consejo de Ministros con carácter
previo a la convocatoria de la Conferencia Sectorial. Dicha autorización no conlleva la
aprobación del gasto, que corresponde realizar al órgano competente del Ministerio de
Igualdad con carácter previo a la celebración de la Conferencia Sectorial.
En virtud de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el 15 de
abril de 2025, a propuesta de la Ministra de Igualdad, ha aprobado el «Acuerdo por el
que se autoriza la propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas
y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de
Igualdad, de los créditos consignados en el presupuesto de gastos de la Delegación del
Gobierno contra la Violencia de Género, por importe de 19.800.000 de euros».
cve: BOE-A-2025-8784
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 106