Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Hidrocarburos. (BOE-A-2025-8824)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Enagás Transporte, SAU, el cierre del tanque TK-1400 y sus instalaciones asociadas, en la planta de regasificación de Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Sábado 3 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59862
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se autoriza a Enagás Transporte, SAU, el
cierre del tanque TK-1400 y sus instalaciones asociadas, en la planta de
regasificación de Barcelona.
Por Orden del Ministerio de Industria de 6 de febrero de 1976 (BOE n.º 72, de 24 de
marzo de 1976) se otorgó a la empresa Enagás, SA la titularidad de las concesiones y
autorizaciones administrativas de la Planta de Recepción, Almacenamiento y
Regasificación de gas natural licuado (GNL), situada en el muelle de inflamables del
puerto de Barcelona. Igualmente, Enagás, SA pasó a ser titular, entre otras, de las
concesiones que inicialmente fueron otorgadas a Catalana de Gas y Electricidad, SA y a
Gas Natural, SA por Órdenes del Ministerio de Industria de 10 de mayo de 1966 y de 16
de abril de 1969, respectivamente.
Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio
de Industria, Energía y Turismo, de 26 de marzo de 2013 (BOE n.º 86 de 10 de abril
de 2013), se autoriza el cambio de titularidad de todas las autorizaciones y concesiones
otorgadas a Enagás, SA a favor de Enagás Transporte, SAU (en adelante Enagás).
Entre las instalaciones amparadas en las concesiones y autorizaciones citadas se
halla el tanque TK-1400 aéreo de 80.000 metros cúbicos de capacidad para
almacenamiento criogénico de gas natural licuado en la planta de Barcelona, cuya
autorización de instalación se otorgó mediante Resolución de la Dirección General de
Energía de 15 de septiembre de 1973 (BOE n.º 284 de 27 de noviembre de 1973).
Por Resolución de 8 de octubre de 2013, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se autorizó a la empresa Enagás el cierre de los tanques TK-1200A
y TK-1200B y sus instalaciones asociadas de la planta de regasificación de Barcelona.
Con fecha 26 de agosto de 2024, el Gestor Técnico del Sistema publicó la Nota de
Operación n.º 6/2024 en la que comunicaba la retirada de servicio del tanque TK-1400 a
efectos del cálculo de capacidad de almacenamiento de GNL, la cual sería efectiva a
partir del 1 de noviembre de 2024.
La empresa Enagás, conforme al artículo 88 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, por el que se regulan el transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, solicitó con fecha 30 de
septiembre de 2024, a la Dirección General de Política Energética y Minas, autorización
administrativa para el cierre del tanque TK-1400 y sus instalaciones asociadas, ubicados
en la planta de regasificación de GNL de Barcelona, con más de 40 años en servicio.
Dicha solicitud no incluye plan de desmantelamiento de la instalación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 89 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cataluña,
con fecha 18 de octubre de 2024, emitió informe favorable a la solicitud de cierre del
tanque TK-1400 en la Planta de Regasificación de GNL de Barcelona.
Igualmente, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 89.2 del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, el Gestor Técnico del Sistema, con fecha 2 de
diciembre de 2024, ha emitido informe previo sobre la referida solicitud mostrando su
conformidad con respecto a dejar fuera de operación y proceder al fin de su explotación
comercial.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 7.35 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, con arreglo al cual
cve: BOE-A-2025-8824
Verificable en https://www.boe.es
8824
Núm. 107
Sábado 3 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59862
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se autoriza a Enagás Transporte, SAU, el
cierre del tanque TK-1400 y sus instalaciones asociadas, en la planta de
regasificación de Barcelona.
Por Orden del Ministerio de Industria de 6 de febrero de 1976 (BOE n.º 72, de 24 de
marzo de 1976) se otorgó a la empresa Enagás, SA la titularidad de las concesiones y
autorizaciones administrativas de la Planta de Recepción, Almacenamiento y
Regasificación de gas natural licuado (GNL), situada en el muelle de inflamables del
puerto de Barcelona. Igualmente, Enagás, SA pasó a ser titular, entre otras, de las
concesiones que inicialmente fueron otorgadas a Catalana de Gas y Electricidad, SA y a
Gas Natural, SA por Órdenes del Ministerio de Industria de 10 de mayo de 1966 y de 16
de abril de 1969, respectivamente.
Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio
de Industria, Energía y Turismo, de 26 de marzo de 2013 (BOE n.º 86 de 10 de abril
de 2013), se autoriza el cambio de titularidad de todas las autorizaciones y concesiones
otorgadas a Enagás, SA a favor de Enagás Transporte, SAU (en adelante Enagás).
Entre las instalaciones amparadas en las concesiones y autorizaciones citadas se
halla el tanque TK-1400 aéreo de 80.000 metros cúbicos de capacidad para
almacenamiento criogénico de gas natural licuado en la planta de Barcelona, cuya
autorización de instalación se otorgó mediante Resolución de la Dirección General de
Energía de 15 de septiembre de 1973 (BOE n.º 284 de 27 de noviembre de 1973).
Por Resolución de 8 de octubre de 2013, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se autorizó a la empresa Enagás el cierre de los tanques TK-1200A
y TK-1200B y sus instalaciones asociadas de la planta de regasificación de Barcelona.
Con fecha 26 de agosto de 2024, el Gestor Técnico del Sistema publicó la Nota de
Operación n.º 6/2024 en la que comunicaba la retirada de servicio del tanque TK-1400 a
efectos del cálculo de capacidad de almacenamiento de GNL, la cual sería efectiva a
partir del 1 de noviembre de 2024.
La empresa Enagás, conforme al artículo 88 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, por el que se regulan el transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, solicitó con fecha 30 de
septiembre de 2024, a la Dirección General de Política Energética y Minas, autorización
administrativa para el cierre del tanque TK-1400 y sus instalaciones asociadas, ubicados
en la planta de regasificación de GNL de Barcelona, con más de 40 años en servicio.
Dicha solicitud no incluye plan de desmantelamiento de la instalación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 89 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cataluña,
con fecha 18 de octubre de 2024, emitió informe favorable a la solicitud de cierre del
tanque TK-1400 en la Planta de Regasificación de GNL de Barcelona.
Igualmente, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 89.2 del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, el Gestor Técnico del Sistema, con fecha 2 de
diciembre de 2024, ha emitido informe previo sobre la referida solicitud mostrando su
conformidad con respecto a dejar fuera de operación y proceder al fin de su explotación
comercial.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 7.35 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, con arreglo al cual
cve: BOE-A-2025-8824
Verificable en https://www.boe.es
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