Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2025-10198)
Resolución de 12 de mayo de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Universidad de Salamanca, para evaluar los resultados obtenidos en la aplicación del baremo establecido en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Jueves 22 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 68190

Objetivos
Objetivo general:
Evaluar la aplicación del baremo en todas las Comunidades Autónomas durante el
primer año, verificando su alineación con los criterios establecidos en el Real
Decreto 888/2022.

cve: BOE-A-2025-10198
Verificable en https://www.boe.es

componentes estructurados en dos categorías: funcionamiento y discapacidad
(funciones y estructuras corporales, actividad y participación) y factores contextuales
(factores ambientales y factores personales).
Este tratado internacional consagra, como único abordaje de la discapacidad, el
enfoque de derechos humanos siendo un imperativo legal para el Estado Español en
virtud de los artículos 10.2, 94.1 y 96.1 de la Constitución Española.
Por otra parte, en febrero de 2009, se aprueba una proposición no de ley por la
Comisión del Congreso de los Diputados para las Políticas Integrales de la
Discapacidad, en virtud de la cual se insta al Gobierno a impulsar las medidas
necesarias para la aprobación de nuevos baremos que valoren la discapacidad de
acuerdo con la CIF. El III Plan de Acción para las personas con discapacidad 2009-2012
del Ministerio de Sanidad y Política Social, en el punto 1.1 del Área IV-Protección social y
jurídica, hace referencia expresa a la «Aprobación de nuevos baremos de discapacidad
que valoren esta, de acuerdo con la CIF».
El mismo año 2009, la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la
Valoración del Grado de Discapacidad asumió la elaboración de una «Propuesta técnica
de revisión y adecuación del referido procedimiento a la CIF-OMS/2001», consecuencia
de lo cual, diferentes profesionales en colaboración con las comunidades autónomas y el
sector social de la discapacidad realizaron una propuesta técnica de adecuación de los
baremos de valoración de la situación de discapacidad, establecidos en el Real
Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, a la CIF-OMS/2001. Dicha propuesta fue objeto
de validación por el Instituto de Salud Carlos III, que la calificó como un producto
inteligible y bien desarrollado, que logra dar respuesta efectiva a las necesidades
planteadas de adaptación de los actuales baremos, a través de un sistema universal,
estandarizado y uniforme de aplicación y valoración, basado en los contenidos,
dimensiones y formas de graduación de la CIF.
Actualmente se ha aprobado la Estrategia Española sobre Discapacidad 2022-2030.
En la misma se realiza un reconocimiento de las necesidades y situaciones de aquellas
personas con discapacidad con mayores limitaciones, así como de las situaciones de
sus familias, ya que es mucho más probable que sin acciones proactivas y preventivas
vuelvan a quedar fuera de los planteamientos más innovadores de ejercicio de derechos,
prestación de apoyos e incluso de la política social.
Por otro lado, el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre, incorpora el concepto de discapacidad y de persona con
discapacidad de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con
discapacidad. A su vez, los artículos 354 y 367 del texto refundido de la Ley General de
la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
precisan de la valoración del grado de discapacidad para el acceso a la asignación
económica por hijo a cargo, o a una pensión no contributiva de invalidez.
Las distintas normas citadas, la necesidad de adecuación de los baremos de
valoración de la situación de discapacidad a la CIF-OMS/2001, así como la diversidad de
fines para los que actualmente se requiere tener reconocido un determinado grado de
discapacidad hicieron precisa la nueva regulación establecida, y ahora, transcurrido más
de un año desde su aplicación, hacen precisa una evaluación de los resultados
obtenidos en la aplicación de los baremos.