Comunidad Autónoma de La RiojaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-19432)
Resolución de fecha 21 de febrero de 2025, nº 176/2025 de la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización de autorización administrativa previa del Parque Fotovoltaico "Murillo Pólux", nueva subestación transformadora "ST Murillo Pólux 30/66 kV" y línea subterránea a 66 kV hasta ST "Sequero" (AT/25615).
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Martes 27 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 29446

El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental fueron
sometidos al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria, como consecuencia
se ha formulado la Resolución 440/2024, de 27 de noviembre, de la Dirección
General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, por la que se formula la
Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica 'Murillo
Polux', subestación transformadora y línea de evacuación (AT/0025615, EIA 20/
2024), con sentido favorable. En la misma se resuelven las cuestiones ambientales
planteadas durante la información pública y se considera ambientalmente viable;
siempre que se cumplan las medidas contempladas en el Estudio de impacto
ambiental y la documentación complementaria, estableciéndose las condiciones
ambientales a cumplir por el proyecto. («Boletín Oficial de La Rioja» Núm. 224 del
día 5 de diciembre de 2024).
Nilo Fotovoltaica, SL, con fecha 27 de febrero de 2024, presenta acuerdos de
arrendamiento de parcelas donde se ubica la planta fotovoltaica.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y habiéndose cumplidos los
trámites exigidos por la normativa aplicable, el Director General de Empresa,
Energías e Internacionalización, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/
2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, de desarrollo de la ley en cuanto a autorización de instalaciones, la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de La Rioja y otras normativas aplicables, en el ejercicio de
las competencias atribuidas por el Decreto 156/2023, de 21 de noviembre, por el
que se modifica el Decreto 55/2023, de 14 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo
Autónomo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de
Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
RESUELVE
Primero. Otorgar a NILO FOTOVOLTAICA, SL, con N.I.F. B05386677,
autorización administrativa previa para el proyecto de Parque Solar Fotovoltaico
"Murillo Pólux" y sus infraestructuras de evacuación, ubicado en Murillo de río Leza
y Arrúbal, en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Las características de la
instalación objeto de autorización se detallan en el Anexo I.
Segundo. NILO FOTOVOLTAICA, SL deberá atenerse a las condiciones
impuestas por los organismos públicos y empresas de servicio público que las han
establecido al efecto durante la tramitación.

Cuarto. El incumplimiento de las condiciones de la presente resolución podrá
dar lugar a la revocación de la misma. Esta autorización no exime de la necesidad
de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias previstas en la
legislación vigente. Asimismo, deberán respetarse todos los condicionantes
derivados de las decisiones ambientales que afecten al proyecto. La presente
autorización queda condicionada a la obtención de la preceptiva autorización
previa de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, según
el artículo 53 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y
Urbanismo de La Rioja. Todo ello de acuerdo con el condicionado emitido por la

cve: BOE-B-2025-19432
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. El plazo de obtención de la autorización administrativa de
construcción deberá cumplir con el calendario de plazos definidos en el artículo 1
del Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.