Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10753)
Resolución 420/38238/2025, de 23 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia de Comillas, para la realización de prácticas académicas externas en Unidades del Estado Mayor de la Defensa y la realización de acciones en áreas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70773
(REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa
en el boletín oficial de la comunidad autónoma o provincia que corresponda a la otra
administración firmante.
Su plazo de vigencia será de cuatro años desde que deviene eficaz. Las partes, en
cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior,
podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años
adicionales, mediante la tramitación de la correspondiente adenda, previa sustanciación
de los trámites previstos normativamente, y ésta surtirá efectos con su inscripción en el
REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Duodécima.
Régimen de modificación del convenio.
El convenio podrá modificarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de
las partes y, siempre, por acuerdo expreso de ambas partes mediante una adenda de
modificación a este convenio.
cve: BOE-A-2025-10753
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio
de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban López Calderón.–
Por la Universidad Pontificia de Comillas, el Rector Magnífico, Antonio Allende
Felgueroso.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70773
(REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa
en el boletín oficial de la comunidad autónoma o provincia que corresponda a la otra
administración firmante.
Su plazo de vigencia será de cuatro años desde que deviene eficaz. Las partes, en
cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior,
podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años
adicionales, mediante la tramitación de la correspondiente adenda, previa sustanciación
de los trámites previstos normativamente, y ésta surtirá efectos con su inscripción en el
REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Duodécima.
Régimen de modificación del convenio.
El convenio podrá modificarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de
las partes y, siempre, por acuerdo expreso de ambas partes mediante una adenda de
modificación a este convenio.
cve: BOE-A-2025-10753
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio
de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban López Calderón.–
Por la Universidad Pontificia de Comillas, el Rector Magnífico, Antonio Allende
Felgueroso.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X