Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-10856)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de prórroga y modificación del I Convenio colectivo de las Unidades Globales de Telefónica en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025
Disposición adicional primera.

Sec. III. Pág. 71206

Normativa Supletoria.

Se acuerda la sustitución de la disposición adicional primera. Normativa Supletoria
quedando el redactado como se recoge a continuación:
«1. En todo lo no regulado en el presente convenio colectivo, resultará de
aplicación lo regulado en la ley (especialmente lo dispuesto en Estatuto de los
Trabajadores), lo estipulado en los contratos de trabajo de las personas
trabajadoras, así como lo establecido en las políticas corporativas y demás
normativa o condiciones que sean de aplicación en las distintas empresas y a las
que expresamente se refiere el presente convenio colectivo.
2. Igualmente se mantendrán en vigor los pactos o acuerdos colectivos
vigentes en las empresas incluidas en el ámbito funcional del convenio colectivo,
que se detallan a continuación, en sus propios términos y conforme a su propio
régimen jurídico de vigencia, modificación y extinción. Se respetarán las
condiciones más favorables de los mismos sobre las previstas en el presente
convenio colectivo.
1) Acuerdo Marco sobre Igualdad en el Grupo Telefónica en España, de
fecha 13 de abril de 2021.
2) Acuerdo Marco sobre teletrabajo o trabajo a distancia en el ámbito de las
Unidades Globales del Grupo Telefónica, de fecha 27 de octubre de 2021.
3) Acuerdo relativo a las Instrucciones sobre registro diario de la jornada en
Telefónica, de fecha 17 de julio de 2019.
4) Acuerdo sobre Política interna reguladora del derecho a la desconexión
digital de las personas trabajadoras de Telefónica, de fecha 17 de julio de 2019.
5) Reglamento de uso de Dispositivos y Medios Digitales, de 27 de julio
de 2021.
A efectos del contenido del citado reglamento, las partes acuerdan que sea de
aplicación a todas las empresas comprendidas en el ámbito funcional del
convenio colectivo, así como que, en aquellos casos previstos en dicho
reglamento, en los que la empresa requiera la comparecencia de la persona
trabajadora, si ésta así lo desea, podrá estar acompañada de un Representante
Legal de las Personas Trabajadoras, con obligación de observar el deber de sigilo
y confidencialidad.
6) Protocolo de Actuación en situaciones de acoso laboral o moral y de
discriminación, acordado entre las partes firmantes del convenio colectivo, de
fecha 10 de marzo de 2023.
7) Protocolo de Actuación en situaciones de acoso sexual y por razón de
sexo, acordado entre las partes firmantes del convenio colectivo, de fecha 10 de
marzo de 2023.
3. A los efectos de lo previsto en el punto 1 anterior, se relacionan las
políticas corporativas y demás normativa y condiciones de referencia, indicándose,
asimismo, las empresas en las que resultan de aplicación:

– Marco Normativo Laboral. Condiciones Generales, de fecha 30 de enero
de 2015.
Telefónica Global Solutions, SLU (TGS):
– Acuerdo sobre el régimen de disponibilidades, turnos y trabajos especiales
entre el comité de empresa y TIWS II, SL, de fecha 11 de marzo de 2020.
– Las personas trabajadoras de TGS pertenecientes a algunas gerencias de
las áreas “Customer operations & technology”, “Digitalizacion & customer
experience” y “Network & satellite operations” que, a fecha de firma del

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