Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2025-10851)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con el Principado de Asturias, para la encomienda a la Dirección General de la Guardia Civil de la seguridad de los edificios de la Administración de Justicia en Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71167
– Modificar los cuadros del anexo referidos a la percepción de las retribuciones por
cada empleo, con la actualización relativa al ejercicio 2024.
Segunda. Modificación del convenio por el que la Administración del Principado de
Asturias, a través de la Consejería de Movilidad, Cooperación Local y Gestión de
Emergencias (la entonces Consejería de Presidencia), encomienda a la Dirección
General de la Guardia Civil de la Secretaría de Estado de Seguridad, la seguridad de
los edificios de la Administración de Justicia en Asturias.
A. El párrafo primero del apartado 1 de la cláusula cuarta queda redactada como
sigue:
«1. Constituir destacamentos específicos para la prestación de los servicios
de vigilancia y protección de los edificios e instalaciones judiciales que dependen
administrativamente del Gobierno de la Comunidad Autónoma Principado de
Asturias y en concreto en los inmuebles donde se ubiquen las siguientes sedes
judiciales:
– El Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.
– La Audiencia Provincial de Asturias.
– Los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción de Oviedo, ubicados en
el Palacio de Justicia, sito en la calle Carlos López Otín.
– El Instituto de Medicina Legal del Principado de Asturias.
– El Juzgado y la Fiscalía de Menores del Principado de Asturias.
– Los Juzgados de la Jurisdicción Social y de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa de la localidad de Oviedo.
– Los Juzgados Mixtos de Instrucción y Primera Instancia de las localidades
de Gijón, Avilés, Mieres, Siero y Langreo.»
El apartado 12 de la cláusula quinta queda redactada como sigue:
«12. La encomienda se financiará con cargo a la aplicación de los
presupuestos de la consejería competente en materia de interior de acuerdo con el
siguiente detalle:
Anualidad Aplicación presupuestaria
2023
2024
2025
2026
2027
Total.
Crédito consignado
–
Euros
18.05-223A-226.009
434.610,19
18.05-223A-622.000
7.424,66
18.05-223A-226.009
597.206,25
18.05-223A-622.000
10.000,00
18.05-223A-226.009
593.136,36
18.05-223A-622.000
10.000,00
18.05-223A-226.009
593.136,36
18.05-223A-622.000
10.000,00
18.05-223A-226.009
143.695,87
18.05-223A-622.000
2.575,34
Total
–
Euros
442.034,85
607.206,25
603.136,36
603.136,36
146.271,21
2.401.785,03
Las cantidades a acordar entre las partes para los ejercicios posteriores al
actual, tomarán como referencia la dotación habitual de dicho crédito presupuestario
cve: BOE-A-2025-10851
Verificable en https://www.boe.es
B.
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71167
– Modificar los cuadros del anexo referidos a la percepción de las retribuciones por
cada empleo, con la actualización relativa al ejercicio 2024.
Segunda. Modificación del convenio por el que la Administración del Principado de
Asturias, a través de la Consejería de Movilidad, Cooperación Local y Gestión de
Emergencias (la entonces Consejería de Presidencia), encomienda a la Dirección
General de la Guardia Civil de la Secretaría de Estado de Seguridad, la seguridad de
los edificios de la Administración de Justicia en Asturias.
A. El párrafo primero del apartado 1 de la cláusula cuarta queda redactada como
sigue:
«1. Constituir destacamentos específicos para la prestación de los servicios
de vigilancia y protección de los edificios e instalaciones judiciales que dependen
administrativamente del Gobierno de la Comunidad Autónoma Principado de
Asturias y en concreto en los inmuebles donde se ubiquen las siguientes sedes
judiciales:
– El Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.
– La Audiencia Provincial de Asturias.
– Los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción de Oviedo, ubicados en
el Palacio de Justicia, sito en la calle Carlos López Otín.
– El Instituto de Medicina Legal del Principado de Asturias.
– El Juzgado y la Fiscalía de Menores del Principado de Asturias.
– Los Juzgados de la Jurisdicción Social y de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa de la localidad de Oviedo.
– Los Juzgados Mixtos de Instrucción y Primera Instancia de las localidades
de Gijón, Avilés, Mieres, Siero y Langreo.»
El apartado 12 de la cláusula quinta queda redactada como sigue:
«12. La encomienda se financiará con cargo a la aplicación de los
presupuestos de la consejería competente en materia de interior de acuerdo con el
siguiente detalle:
Anualidad Aplicación presupuestaria
2023
2024
2025
2026
2027
Total.
Crédito consignado
–
Euros
18.05-223A-226.009
434.610,19
18.05-223A-622.000
7.424,66
18.05-223A-226.009
597.206,25
18.05-223A-622.000
10.000,00
18.05-223A-226.009
593.136,36
18.05-223A-622.000
10.000,00
18.05-223A-226.009
593.136,36
18.05-223A-622.000
10.000,00
18.05-223A-226.009
143.695,87
18.05-223A-622.000
2.575,34
Total
–
Euros
442.034,85
607.206,25
603.136,36
603.136,36
146.271,21
2.401.785,03
Las cantidades a acordar entre las partes para los ejercicios posteriores al
actual, tomarán como referencia la dotación habitual de dicho crédito presupuestario
cve: BOE-A-2025-10851
Verificable en https://www.boe.es
B.